auditoria
NAGU. 1.10 ENTRENAMIENTO TECNICO Y CAPACIDAD PROFESIONAL (*)
El auditor gubernamental debe poseer un adecuado entrenamiento técnico, la experiencia y competencia profesional necesarios para la ejecución de su trabajo.
El entrenamiento técnico constituye la preparación en las técnicas de auditoría y la constante actualización profesional, así como eldesarrollo de habilidades necesarias para asegurar la calidad del trabajo de auditoría.
A fin de lograr el cumplimiento de esta Norma, Ios Organos conformantes del Sistema Nacional de Control, deben promover y realizar programas de capacitación en técnicas necesarias para garantizar la capacidad e idoneidad profesional del personal que participa en el proceso de la auditoría gubernamental.
La competencia profesional es la cualidad que caracteriza al auditor por el nivel de idoneidad y habilidad profesional que ostenta para efectuar su labor acorde con los requerimientos y exigencias que demanda el trabajo de auditoría.
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NAGU. 1.20 INDEPENDENCIA (*)
El auditor debe adoptar una actitud de independencia de criterio respecto de la entidad examinada y se mantendrá libre decualquier situación que pudiera señalarse como incompatible con su integridad y objetividad.
La independencia de criterio es la cualidad que permite apreciar que los juicios formulados por el auditor estén fundados en elementos objetivos de los aspectos examinados.
El auditor deberá considerar no solamente si es independiente y si sus actitudes y actividades le permiten proceder deacuerdo a ello, sino también si existe ;motivo que pudiera dar lugar a que otros cuestionaran su independencia.
Deberá abstenerse de participar en la realización de auditoría en caso de incompatibilidad o conflictos de interés manifiestos.
El auditor estará libre de impedimentos personales, profesionales para garantizar una labor imparcial y efectiva en la entidad examinada. Se hallaimpedido de participar en la ejecución de acciones de control en la entidad donde haya laborado anteriormente y que comprendan areas y/o aspectos en los cuales intervino o participo directa o indirectamente.
El auditor gubernamental se encuentra impedido recibir beneficios en cualquier forma, para si o para otro, proveniente de personas naturales o jurídicas vinculadas a la entidad en la cualse efectúa la acción de control.
Tampoco deberá realizar actividad política partidaria durante el ejercicio funcional del cargo ni emitir opinión, intervenir o participar en actos de decisión, gestión o administración de la entidad donde realice su examen.
En los Organos conformantes del Sistema Nacional Control se establecerán los mecanismos adecuados e cautelen debidamente laindependencia del auditor, e incluyan la presentación de una manifestación personal de independencia.
NAGU. 1.30 CUIDADO Y ESMERO PROFESIONAL (*)
El auditor debe actuar con el debido cuidado profesional a efecto de cumplir con las. normas de auditoría durante la ejecución de su trabajo y en la elaboración del informe.
El debido cuidado y esmero profesional significa emplear correctamente elcriterio para determinar el alcance de la auditoría y para seleccionar los métodos, técnicas y procedimientos de auditoría que habrán de aplicarse en ella.
Implica también que basándose en su buen juicio, aplique correctamente las pruebas y demás procedimientos de auditoría y evalúe los resultados para la reparación del informe correspondiente.
El auditor adquiere la capacidad,madurez de juicio habilidad necesaria a base de la práctica constante, bajo supervisión adecuada y entrenamiento permanente.
Los niveles jerárquicos superiores cautelaran que el personal a su cargo mantenga un desempeño y conducta funcional acorde con las normas que rigen el Sistema Nacional de Control. En caso de apreciar un incumplimiento o transgresión deberán informar a los funcionarios...
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