Ceuta - bonificaciones fiscales
A) BONIFICACIÓN A LA IMPOSICIÓN ESTATAL DIRECTA
a) I.R.P.F.
- Deducción del 50% por rendimientos y ganancias patrimoniales obtenidos en Ceuta, tantoresidentes como no residentes.
- Los residentes, con más de 5 años de residencia, tendrán derecho a aplicar la bonificación legal del 50% a las rentas obtenidas fuera de Ceuta, hasta ellímite de las generadas en la Ciudad debiendo tener invertido en Ceuta, al menos, la tercera parte de su patrimonio.
- Los no residentes, tienen derecho al 50% de bonificación por los rendimientosprocedentes de la titularidad de bienes inmuebles situados en Ceuta, los procedentes del ejercicio de actividades económicas efectivamente realizadas en Ceuta, las ganancias patrimoniales procedentesde bienes inmuebles radicados en Ceuta, las rentas procedentes de sociedades que operen efectiva y materialmente en Ceuta y con domicilio y objeto social exclusivo en dichos territorios.
b)Impuestos de Sociedades.
Esta norma establece una bonificación del 50% a las entidades residentes en Ceuta por las rentas que justifiquen haber obtenido en la Ciudad y a las entidades no residenteso no domiciliadas en dichos territorios por las rentas que justifiquen haber obtenido en la Ciudad por medio de establecimiento permanente.
c) Impuesto del Patrimonio.
Bonificación del 50%de la cuota del Impuesto correspondiente a los bienes situados en Ceuta o a determinados derechos de contenido económico ejercitables en la propia ciudad.
B) BONIFICACIÓN A LA IMPOSICIÓN ESTATALINDIRECTA
• No sujeción al IVA ni a los Impuestos Especiales sobre Alcoholes e Hidrocarburos.
• No sujeción a los Impuestos Especiales de Fabricación.
C) BONIFICACIÓN EN LA IMPOSICIÓN LOCAL.Bonificación del 50% en los Impuestos Locales Comunes (IBI, IAE, Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica). Se...
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