COMISIÓN MIXTA PTU INFORMACION
En cada empresa deberá integrarse una Comisión Mixta de Reparto de Utilidades, por lo que es un derecho de los trabajadores y una obligación de los patrones designar a susrespectivos representantes para su instalación, de acuerdo con el artículo 132, fracción XXVIII, de la Ley Federal del Trabajo.
a) Integración de la Comisión Mixta
Se recomienda que la Comisión Mixta deParticipación de Utilidades a que se refiere la fracción I del artículo 125 de la ley, se integre dentro de los diez días siguientes a la fecha en que el patrón entregue a los trabajadores la copia desu declaración del ejercicio; para tal efecto, el patrón comunicará por escrito a los trabajadores los nombres de las personas que designe como sus representantes y aquellos, a su vez, avisarán alpatrón los nombres de quienes los representarán.
No existe Límite en cuanto al número de representantes ni podrán rehusar a un integrante de la misma. Los interesados serán quienes de común acuerdoseñalen el número de personas que los representaran ante la Comisión, la cual deberá integrarse con igual número de representantes de los trabajadores y de la empresa.
Los trabajadores de confianza nopodrán ser representantes de los trabajadores de la Comisión Mixta, según lo dispone el artículo 183 de la Ley Federal del Trabajo.
b) Funciones de la Comisión Mixta
La Comisión Mixta deParticipación de Utilidades tiene como función principal elaborar el proyecto que determine el reparto individual de cada trabajador, las bases bajo las cuales se repartirán las utilidades entre lostrabajadores, y fijar dicho proyecto en todos y cada uno de los establecimientos que forman parte integrante de la empresa; se recomienda, cuando menos con 15 días de anticipación al pago, para que lostrabajadores de cada centro de trabajo conozcan el referido proyecto y puedan, en su caso, dentro del mismo plazo, hacer individualmente as observaciones que juzguen convenientes. Es recomendable que la...
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