CONTESTo RECURSO COPIT
EXCMA. CAMARA EN LO CONT. ADMINISTRATIVO
SALA II
JUICIO: CONSEJO PROFESIONAL DE LA INGENIERIA DE TUCUMAN Y OTROS Vs. COLEGIO PROFESIONAL DE TECNICOS DE TUCUMAN S/ACCION DE AMPARO) EXPTE. N° 139/13.-
RICARDO ALFREDO VELIZ, de las condiciones obrantes en autos, a V.S. respetuosamente digo:
II.- CONTESTO TRASLADO DE RECURSO DE CASACION
Que en legal tiempo y forma vengo acontestar el planteo recursivo interpuesto por el actor, solicitando desde ya su total inadmisibilidad en base a las consideraciones de hecho y derecho que a continuación expongo.
CONSIDERACIONES PREVIAS
La Presentación que hace esta parte en virtud del cumplimiento de la etapa procesal correspondiente entendemos y de la cual prestamos expresa conformidad, lamentablemente consideramos es porque laaccionante usa esta vía en la intención de repetir mas de lo mismo ya que como la Excma Camara lo expuso se esta ante un amparo y no ante una via ordinaria que admita un amplio debate, situación esta que compartiendo el criterio del sentenciante esta parte expresa, pero lo que en esta presentación, nos hace poner real énfasis es en lo que respeta al no pago de la tasa correspondiente, y en talsentido esta nueva maniobra dilatoria (considera esta parte) no hace mas que poner en movimiento el aparato jurisdiccional con un total sinsentido a lo que realmente se pretende teniendo presente que el conflicto se circunscribe pura y únicamente a la cuestión de, que por Ley nació un nuevo Colegio de Profesionales “CPTec de Tuc” el cual pretende cumplir con una requisitoria legal que es totalmenteprudente y lógica y que se traduce en lo referente a que se le dé, a esta nueva institución el patrimonio que le corresponde por haber pertenecido a un Colegio que ya no lo representa como es el Actor, además en este planteo se han expresado situaciones que nada tienen de antijuridica o que vulneren en modo alguno el real derecho de obrar en lógica y justicia, por lo que solo nos queda decir queno será que la accionante pretende soslayarse y ampararse en que de alguna manera se revierta esta situación que no tiene porque sostener lo contrario.
Por lo expresado contesto este traslado y digo que :
FALTA DE REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DEL RECURSO INTERPUESTO
Es indispensable el manifestar la falta de idoneidad formal de la vía recursiva interpuesta.
En razón de lo precedentementeexpuesto, pasaremos al análisis de la normativa del CPCC, específicamente a lo establecido en el art 752, 753 Y 754, los cuales establecen: Art.752 DEPÓSITO: En todos los casos, sea la sentencia confirmatoria o revocatoria, se acompañará, con el escrito de recurso, constancia de depósito judicial a la orden de la Corte. El importe del depósito se devolverá al recurrente sólo si el resultado del recurso lefuera favorable. En caso contrario, lo perderá en la proporción del cincuenta por ciento (50%) a favor de la otra parte y del cincuenta por ciento (50%) con destino a las bibliotecas del Poder Judicial; cuando no hubiera parte contraria, se perderá el total del depósito con el destino expresado en segundo término. El monto de este depósito será determinado periódicamente por la Corte Suprema enuna suma única y prudencial, que no podrá exceder del valor de cinco (5) consultas escritas de abogado. Si desapareciera como parámetro el valor consulta escrita de abogado, la Corte reglamentará la fijación de un valor equivalente al solo efecto de determinar el importe del depósito previsto en este artículo. Ese criterio se aplicará a todos los casos en que este Código alude a la consulta escritade abogado. Asimismo, establecerá, en lo demás, el régimen aplicable al depósito. Art.753.- DEPÓSITO INNECESARIO. El depósito no será necesario cuando el recurrente sea alguno de los funcionarios de los Ministerios Públicos, o aquellos que intervengan por nombramientos de oficio o actúen con beneficio de litigar sin gastos. Por el contrario, corresponderá cuando el recurrente sea el Estado
Como...
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