EL DESPIDO
(Actualizado a Abril-2012)
TIPOS DE DESPIDO
Despido colectivo
Se entiende por despido colectivo, la extinción de los contratos de trabajo fundada en causas
económicas, técnicas, organizativas o de producción cuando, en un periodo de noventa días, la
extinción afecte al menos a:
-Diez trabajadores, en las empresas que ocupen a menos de cien trabajadores.-El 10 por 100 del número de trabajadores de la empresa en aquellas que ocupen entre cien y
trescientos trabajadores.
-Treinta trabajadores en empresas que ocupen trescientos o más trabajadores.
La tramitación de este tipo de despidos se efectuará a través de un expediente de regulación de
empleo (ERE), que con la reforma laboral del 2012 ya no necesitará autorización administrativa.Despido Objetivo (Por causas objetivas legalmente procedentes)
Se entiende por despido objetivo, la extinción del contrato de trabajo por alguna de las siguientes
causas:
Ineptitud del trabajador.
Falta de adaptación del trabajador a las modificaciones técnicas en su puesto de trabajo.
Causas económicas, técnicas, organizativas o de producción y la extinción afecte a un númeroinferior al establecido en el artículo 51.1. del Estatuto de los Trabajadores.
Faltas de asistencia al trabajo.
Insuficiencia de consignación presupuestaria para la ejecución de planes y programas públicos.
Despido disciplinario
Se entiende por despido disciplinario, la extinción del contrato de trabajo por decisión del
empresario basada en un incumplimiento grave y culpablede las obligaciones del trabajador, por
alguno de los siguientes motivos:
Faltas repetidas o injustificadas de asistencia o puntualidad.
Indisciplina o desobediencia.
Ofensas verbales o físicas al empresario, a las personas que trabajan en la empresa o a los
familiares que convivan con ellos.
Transgresión de la buena fe contractual y abuso de confianza en eldesempeño del trabajo.
Disminución continuada y voluntaria en el rendimiento del trabajo normal o pactado.
Embriaguez habitual o toxicomanía si repercuten negativamente en la actividad laboral.
El acoso por razón de origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u
orientación sexual y el acoso sexual o por razón de sexo al empresario o a las personas quetrabajan en la empresa.
EL DESPIDO Y LAS INDEMNIZACIONES POR DESPIDO
JLC ©
(Actualizado a Abril‐2012)
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CALIFICACIÓN DEL DESPIDO
El despido podrá ser calificado como nulo, improcedente o procedente.
DESPIDO NULO
El que tenga por móvil alguna de las causas de discriminación prohibidas en la Constitución o en la
ley, o bien se produzcacon violación de derechos fundamentales y libertades públicas del
trabajador.
Será también nulo el despido en los siguientes supuestos, salvo que, en todos estos casos,
se declare la procedencia del despido por motivos no relacionados con el embarazo o con el
ejercicio del derecho a los permisos y excedencias señalados:
El de los trabajadores durante el período de suspensión delcontrato de trabajo por maternidad,
riesgo durante el embarazo, riesgo durante la lactancia natural, enfermedades causadas por
embarazo, parto o lactancia natural, adopción o acogimiento o paternidad, o el notificado en una
fecha tal que el plazo de preaviso concedido finalice dentro de dicho período.
El de las trabajadoras embarazadas, desde la fecha de inicio del embarazo hasta elcomienzo del
período de suspensión del contrato por las causas mencionadas en el apartado anterior.
El de los trabajadores que hayan solicitado o estén disfrutando la excedencia para el cuidado de hijos
o familiares.
El de las trabajadoras víctimas de violencia de género por el ejercicio de los derechos de reducción o
reordenación de su tiempo de trabajo, de movilidad geográfica, de...
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