excepciones derecho penal
El artículo 28 del COPP establece que durante la fase preparatoria, ante el Juez de Prmera Instancia en Funciones de Control, y en las demás fases del proceso, ante el Tribunal competente, en las oportunidades previstas, las partes podrán oponerse a la persecución penal, mediante las denominadas Excepciones, las cuales son de previo y especial pronunciamiento.
Sobre esteartículo, la Jurisprudencia de la Sala de Casación Penal del TSJ, en la Sentencia Número 401 del 11/11/2003 nos dice que:
"El sobreseimiento decretado con fundamento en algunas de las excepciones previstas en el artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal, no ponen fin al juicio ni impiden su continuación. Se trata de un llamado sobreseimiento provisional, pues, los motivos que lo originaron puedenser subsanados, pudiéndose, entonces, intentarse nuevamente la acusación."
En otra Jurisprudencia de la misma Sala, en la Sentencia Número 368 del 18/07/2002, se indicaba anteriormente que:
"No todos los sobreseimientos tienen recurso de casación, puesto que hay algunos que declaran la terminación del proceso; y otros que, aun cuando la ley ordene que deben ser resueltos mediante unsobreseimiento, por ejemplo el caso de las excepciones, y en específico, la opuesta por falta de requisitos de procedibilidad de la acusación, artículo 28 del Código Orgánico Procesal Penal, pueden ser subsanados e intentarse nuevamente la acusación, lo que evidentemente no declara la terminación del proceso ni impide su continuación."
La Primera de las Excepciones es la llamada La existencia de la cuestiónprejudicial prevista en el artículo 35 del COPP;
Si la cuestión prejudicial se refiere a una controversia sobre el estado civil de las personas que, pese a encontrarse en curso, aún no haya sido decidida por el tribunal civil, lo cual deberá acreditar el proponente de la cuestión consignando copia certificada íntegra de las actuaciones pertinentes, el Juez penal, si la considera procedente, ladeclarará con lugar y suspenderá el procedimiento hasta por el término de seis meses a objeto de que la jurisdicción civil decida la cuestión. A este efecto, deberá participarle por oficio al Juez civil sobre esta circunstancia para que éste la tenga en cuenta a los efectos de la celeridad procesal.
Decidida la cuestión prejudicial, o vencido el plazo acordado para que la parte ocurra al tribunalcivil competente sin que ésta acredite haberlo utilizado, o vencido el término fijado para la duración de la suspensión, sin que la cuestión prejudicial haya sido decidida, el tribunal penal revocará la suspensión, convocará a las partes, previa notificación de ellas, a la reanudación del procedimiento, y, en audiencia oral, resolverá la cuestión prejudicial ateniéndose para ello a las pruebas que,según la respectiva legislación, sean admisibles y hayan sido incorporadas por las partes.
Como ejemplo de estos casos, tenemos el juicio de bigamia, en estos casos el imputado puede alegar la nulidad del primer matrimonio.
La Segunda de las Excepciones es alegar la falta de Jurisdicción;
La declaratoria de haber sido declarada Con Lugar esta excepción producirá elefecto de la remisión de la causa al tribunal que corresponda su conocimiento.
Ver artículos 54 y 55 del COPP.
Siendo la Jurisdicción Penal, ordinaria o especial, corresponde a los tribunales ordinarios el ejercicio de la jurisdicción para la decisión de los asuntos sometidos a su conocimiento, conforme a lo establecido en este Código y leyes especiales, y de los asuntos penales cuyo conocimientocorresponda a los tribunales venezolanos según el Código Penal, los tratados, convenios y acuerdos internacionales suscritos por la República.
La falta de jurisdicción de los tribunales venezolanos será declarada, a instancia de parte, por el tribunal que corresponda, según el estado del proceso. La decisión será recurrible para ante la Sala Político-Administrativa.
La Tercera Excepción es la...
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