FALLOS

Páginas: 8 (1847 palabras) Publicado: 24 de mayo de 2014
CHRYSE S.A. – CAMARA NACIONAL DE APELACIONES CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL – SALA III – 15-10-02
 
TEMA: BASE IMPONIBLE – UNICIDAD O DIVISIBILIDAD DEL HECHO IMPONIBLE – INCONSTITUCIONALIDAD DEL DECRETO REGLAMENTARIO
Caso: Se reclama repetición por pago del IVA sobre intereses por venta de acciones.
El fisco entiende que es aplicación el Art. 10 del Dto. Reglamentario en  virtud del cualse encuentran gravados los intereses originados en la financiación  o pago fuera de termino de ventas o prestaciones exentas o no gravadas en el impuesto.
El contribuyente sostiene que este articulo excede lo establecido por el articulo 10 de la ley (principio de unicidad)  creando un hecho imponible no previsto en la ley y en consecuencia transgrede el principio de legalidad consagrado por elArt. 17 de la C.N . La Cámara declara procedente la repetición en virtud de que la determinación efectuada por el fisco carece de sustento normativo y el pago efectuado de causa.
Conforme al artículo 10, quinto párrafo, de la ley de impuesto al valor agregado las prestaciones accesorias de una operación exenta, no devengan débito fiscal; resultando contradictorias las disposiciones del decreto2633/1992 al principio de accesoriedad establecido por la ley, ya que al gravar los intereses sin importar su origen (art. 5.1 del reglamento), crea un hecho imponible no previsto en la ley.
De tal modo, tratándose específicamente de venta de acciones, operación que no resulta gravada de conformidad a la exención que establece el artículo 7, inciso b), los intereses devengados en razón del pago encuotas pactado no pueden cumplir aquella regla de conexión.
En razón de lo expuesto, la determinación efectuada por el Fisco carece de sustento normativo y el pago efectuado de causa, resultando procedente la repetición.

OBRA SOBRE INM PROPIO
La AFIP en su dictamen DAT 10/84 opinó que el termino construcción el artículo 3 incisos a) y b) de la ley comprende a todas las construcciones sindiferenciar si ellas se realizan con o sin provisión de materiales por parte del locador.

Nivelación de terrenos
En el dictamen DAT 78/05 la AFIP al analizar si los trabajos de nivelación de un terreno sobre el cual se construiría un edificio con destino vivienda con cocheras encuadraban en el inciso a) del artículo 3° de la ley del tributo, estimó procedente aplicar el criterio vertido en laconsulta de fecha 18/11/76, en el sentido de considerar que los trabajos de movimientos de tierras u otros materiales en forma mecánica que comprenden esencialmente excavaciones, rebajes de terreno, rellenos y nivelaciones, como así también las tareas de desmonte y de compactación de suelos "...se hallan alcanzados por el gravamen en tanto dichos movimientos, desmontes o compactaciones de sueloconstituyan una etapa en la construcción y no se trate del simple movimiento de tierras cuyo fin sea la preparación de un predio destinado a la producción agropecuaria", en virtud de lo establecido por el citado inciso a) del artículo 3°. En ese orden de ideas, en el mencionado dictamen se concluyó que atento a que las características y finalidad de los trabajos de nivelación de terrenos apuntaban auna determinada construcción, podían considerarse etapas de la misma y por lo tanto comprendidos en los alcances del mentado artículo 3°, inciso a), resultándoles de aplicación la alícuota reducida en función al destino de vivienda del edificio a construir.
 Riego de Caminos
Mediante el dictamen 25/76, D.G.I. trató esta figura, referida al riego de los caminos internos de un ingeniero azucarero.La opinión final fue que "tales trabajos, en caminos de tierra, constituyen labores de conservación, en razón de que técnicamente, los mismos se realizan con el objeto de preservar y mantener en estado de utilización a las mencionadas obras..."

FALLO BANDEIRA (arrt.3.e))
se determinó de oficio con carácter parcial, la obligación tributaria referente al Impuesto al Valor Agregado por los...
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