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Páginas: 10 (2390 palabras)
Publicado: 6 de noviembre de 2014
En sentido amplio: Es el conjunto de normas legales y principios jurídicos que tienen por objeto determinar la condición de las personas, regular la organización y la familia y la sucesión hereditaria; o dicho de manera más sencilla, es el conjunto de normas que rigen las relaciones personales y familiares existentes entre un determinado grupo depersonas. Este es un concepto bastante obsoleto y considerado por un pequeño sector de la doctrina.
En sentido restringido: El derecho de familias se refiere a las normas que rigen a las personas en razón de sus lazos de familia, entendiéndose por éstos los vínculos de sangre y los lazos de afinidad (que unen a una persona con los familiares de su cónyuge).
Definiéndoseentonces como el conjunto de principios jurídicos y de normas legales concernientes a los estado familiares y a las relaciones personales y patrimoniales que derivan de ellos.
Naturaleza especial de los derechos subjetivos que consagra el Derecho de Familias:
En esta materia, los derechos subjetivos no tienen mayor aplicación, ya que, con los derechos subjetivos por ella reconocidos elindividuo no ejerce un derecho en beneficio propio. Es decir, que en Derecho de Familias los derechos subjetivos no están principalmente dirigidos a la satisfacción de los intereses particulares de su titular, sino que están orientados a la protección de los intereses superiores de la familia, configurándose entonces una especie de poder y no un derecho subjetivo. Para algunos autores ese “poder”, semanifiesta como facultades consagradas para facilitar el ejercicio de los deberes familiares Ej. El poder de corrección que tienen los padres sobre los hijos.
Primacía de las relaciones personales sobre las patrimoniales: Normalmente los actos de derecho de familias producen dos tipos de consecuencias: las personales y las patrimoniales, prevaleciendo por la naturaleza del acto lasconsecuencias personales sobre las patrimoniales. Esto encuentra su justificación porque en el ámbito de esta materia, las relaciones jurídicas de carácter económico, están concebidas únicamente como elementos accesorios de las relaciones personales de las cuales derivan. Es por ello que se dice, que el objeto de las relaciones patrimoniales, constituye en hacer más efectivas las relacionespersonales.
Imposibilidad de adicionar modalidades a los negocios jurídicos familiares: A los actos de esta materia no se le pueden adicionar modalidades (término, condición, entre otros…), sino que tienen que ser actos puros y simples, es decir, que la voluntad de las partes en la formación de las relaciones jurídicas de carácter familiar, debe ser perfecta y completa en sí misma.Es completamente lógico que, en condiciones normales, no se admita un negocio jurídico familiar que esté sujeto a condiciones o términos Ej. Sería totalmente absurdo hacer someter el reconocimiento de un hijo bajo un término esencial; o casarse bajo condición suspensiva.
Restricciones al ejercicio de la representación: Hay una marcada diferencia con el Derecho Civil en materia derepresentación, porque la representación propia y verdadera (sustitución de la voluntad del interesado por la de un tercero) no es admitida en la formación de relaciones jurídicas familiares, salvo en algún caso excepcionalísimo
Por su parte, la representación impropia (simple transmisión de la voluntad del interesado), es admitida en algunos casos Ej: El matrimonio por poder.Destacan algunas instituciones como la separación de cuerpos que no puede ser hecha mediante poder, aunque el divorcio sí es admitido por poder. Esto ha llamado la atención de algunos autores que consideran que “quien puede lo más, puede lo menos”, afirmando que conforme a ese principio, ambas cosas podrían hacerse utilizando un poder.
Los estados familiares: Es muy común que en el Derecho...
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