Integracion y lucha de los pueblos indigenas
Ministerio Del Poder Popular Para la Educación Universitaria
Universidad Bolivariana de Venezuela
Fundación Misión Sucre
PFG: Estudio Jurídicos
7mo Semestre Sección “A”
Cátedra: Pueblos Indígenas y Sistemas Jurídico
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INTRODUCCIÓN
En 1971, el Consejo Económico y Social adoptó una resolución por la que
autorizaba a laSubcomisión de NN.UU. sobre la Prevención de la Discriminación y la Protección de Minorías a que desarrollara un estudio sobre el problema de la discriminación contra los pueblos indígenas.
En este trabajo se subrayaba la importancia de los tratados celebrados entre pueblos indígenas y potencias europeas y sus sucesores, así como el necesario estudio de la utilidad de concluir en la actualidad deacuerdos entre los citados grupos y Estados independientes. En este punto, el relator especial afirmaba la necesidad de emprender un análisis profundo de diversos aspectos como sus efectos, las consecuencias de la existencia del texto, o de su eventual incumplimiento. La idea era realizar el análisis precitado teniendo en cuenta las opiniones de todas las partes interesadas: los Estados y lospueblos indígenas que habían celebrado acuerdos de este tipo.
En las páginas que siguen estudiaremos diversos aspectos relacionados con los tratados que afectan directa o indirectamente a los pueblos indígenas, bien por ser partes en ellos, o porque sin serlo, el tratado incorpora disposiciones dirigidas a estos grupos; sin olvidarnos de los denominados “arreglos constructivos” que, aunque sonacuerdos de derecho interno, tienen subrayado interés por erigirse como el instrumento capaz de normalizar las relaciones de convivencia en las sociedades pluriculturales.
INTEGRACION Y LUCHA INTERNACIONAL POR LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDIGENAS
Son Tratados internacionales
A la luz de la definición que contiene el art. 2.1.a) de la Convención de Viena de 1969 sobre el Derecho delos Tratados celebrados entre Estados, los denominados tratados realizados entre las autoridades indígenas y los Estados civilizados y sus sucesores no serían tales, debido a que uno de los celebrantes no es un Estado. Pero esta definición tan sólo significa que dichos acuerdos, con independencia de su calificación, no se encuentran dentro del ámbito objetivo de aplicación de la Convención. Lomismo puede decirse de la Convención de Viena de 1986 sobre el Derecho de los Tratados celebrados entre Estados y Organizaciones Internacionales o entre Organizaciones Internacionales. Sin embargo, no es nuestro interés aquí establecer si los acuerdos celebrados en la actualidad entre los Estados y los pueblos indígenas que habitan su territorio pertenecen o no a la categoría de tratadosinternacionales, sino analizar si los que se concluyeron fundamentalmente a lo largo de los siglos XVIII y XIX eran o no tratados en virtud del Derecho Internacional vigente en la época. Ello nos obliga a plantearnos la cuestión de la subjetividad internacional de los pueblos indígenas durante el tiempo en el que estos acuerdos se celebraron.
Cuando hablamos de tratados realizados entre los pueblosindígenas y los Estados Europeos o sus sucesores nos estamos refiriendo a una práctica desarrollada principalmente (pero no en exclusiva) en el proceso colonizador británico. Se trata de un modelo de colonización que responde a una época evolucionada, puesto que pretende añadir al de la terra nullius otros títulos de adquisición de la soberanía territorial. Como indica el relator especial en suprimer informe del Estudio sobre los tratados celebrados entre los poderes indígenas y los Estados (parágrafo 131), los españoles y portugueses «Only on very rare occasions, specifically in the remote southern regions of South America, the new masters felt the need to enter into negotiated agreements with the autochtonous peoples». Sin que lo anterior implique la inexistencia de tratados celebrados...
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