La Jurisdicción Indígena: Antecedentes En El Derecho Constitucional De América Del Sur
El presente trabajo tiene como finalidad mostrar los cambios profundos surgidos en los últimos años en relación con los grupos étnicos o pueblos indígenas. Las reformas constitucionales que han sufrido algunos países americanos están dirigidas a “adecuar sus cartas políticas a las exigencias de sus particulares realidades”. A todas estas reformas han precedido fuertes obstáculos conpretensiones distintas.
Estas reformas tienen rasgos comunes; hacen referencia a una ley de desarrollo constitucional que coordine o compatibilice la jurisdicción especial o las funciones judiciales indígenas con el sistema judicial nacional o los poderes del Estado.
Todas las Constituciones ponen límite al reconocimiento del derecho consuetudinario. El límite del reconocimiento es no vulnerarlos derechos fundamentales o no violar la Constitución y las Leyes. No se establece límite alguno a la competencia material de la justicia indígena o del derecho indígena. Tampoco se limita por la gravedad o cuantía de los mismos. El único límite que se establece es respecto a las sanciones que puede aplicar el derecho consuetudinario o indígena (no vulnerar los derechos humanos).
Los derechosde los indígenas fueron olvidados por más de ciento treinta y seis años en las constituciones venezolanas. Todos los proyectos constitucionales elaborados por el Libertador garantizaban la libertad y la seguridad jurídica de los pueblos y sus instituciones políticas; su preocupación por conocer y analizar las costumbres y necesidades de los diferentes grupos sociales de los pueblos por éllibertados, y buscarles su justa y adecuada solución.
Las reformas constitucionales que reconocen el derecho indígena o consuetudinario y la jurisdicción especial muestran rasgos comunes. Los países andinos que han reformado la Constitución para este reconocimiento son: Colombia (1991), Perú (1993), Ecuador (2008) Bolivia (2009) y Venezuela (1999).
Desarrollo histórico de los derechos de los indígenasDurante la colonia, se aplicó políticas de discriminación mediante la separación de regímenes jurídicos que buscaban preservar la diferencia cultural y radical de indios y españoles. Bajo el supuesto de inferioridad natural de los indios, se reconoció “sus usos y costumbres” y autoridades indígenas, mientras no afectasen “a la ley humana y divina”, el orden económico-político colonial ni lareligión católica. En cuanto a la administración de justicia de los alcaldes indios, sólo podían hacerlo en casos menores, en los casos mayores debían pasar al conocimiento del corregidor español.
En la Independencia se importó la ideología liberal y la noción Estado-Nación, el modelo de Estado centralizado y con división de poderes, así como la idea de la igualdad ante la ley. Con ésta ideologíapretendía asimilar o desaparecer a los indios. Al desaparecer los regímenes jurídicos se extinguían los derechos indígenas que consagraba el derecho social indiano.
A finales del XIX y comienzos del siglo XX, los derechos económicos, sociales y culturales comienzan a reconocerse en algunas legislaciones latinoamericanas, influenciado por el movimiento que se denominó el Constitucionalismo Social,donde se habían incorporado las reivindicaciones sociales, económicas y culturales. De ésta manera se inicia la constitucionalización de los derechos humanos en su dimensión social, como fenómeno colectivo.
Las reformas constitucionales que han sufrido algunos países americanos han precedido fuertes obstáculos con pretensiones distintas en cada país, sin poder contrarrestar la voz de lasorganizaciones indígenas. En este orden de ideas es necesario hacer referencia sobre estas reformas constitucionales.
Constitución de Colombia (1991)
En el desarrollo de la Constitución Política de Colombia de 1991, la Ley 270 de 1996, Estatuaria de la Administración de justicia incorpora a los jueces de paz y la jurisdicción de las comunidades indígenas en la estructura general de la Administración de...
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