LA RELACION JURIDICA
CAPITULO I
I.CONCEPTO:
relación jurídica" hoy pertenece al instrumentarlo técnico de la dogmática jurídica
.Precisamente, para citar algunos casos:
El Código Civil de Portugal,promulgado en 1966, rubrica Las relaciones jurídicas.
El Código Civil de Cuba, emitido en 1987, también determina a las Relaciones jurídicas: Sujetos de la relación jurídica; Objeto de la relaciónjurídica; Causas de la relación jurídica; Prueba de la relación jurídica; y, Protección de la relación jurídica
En el Código Civil del Perú, de 1984, dice: "El acto jurídico es la manifestación devoluntaddestinada a crear, regular, modificar o extinguir relaciones jurídicas"
El Códice Civile Italiano de 1942, que suele recurrir a la expresión rapporto giuridico.
El Código Civil Alemán de 1896,suele encontrarse la palabra "Rechtsverhältnis", equivalente a"relación jurídica”.
II. LOS CUATRO TIPOS DE RELACIÓN JURÌDÍCA
A) Relaciones obligatorias:
Comprenderían aquellos supuestos en los que, porresponsabilidadcontractual o extracontractual, una persona se encuentra en el deber de prestar o desplegar unaconducta determinada en beneficio de otra.
B) Relaciones jurídico-reales:
Basadas en latenencia o apropiación de los bienes, se encontraríanpresididas por la propiedad en cuya virtud una persona goza de una capacidad decisoria sobre eluso y aprovechamiento de cualquier bien que elOrdenamiento garantiza frente a los demásmiembros de la colectividad.
C) .Relaciones familiares:
Situaciones de especial conexión entre las personas que el Ordenamientojurídico regula atendiendo a criteriosde ordenación general, para garantizar un marco normativo ala familia.
D) Relaciones hereditarias o sucesorias:
Todas aquellas conectadas al fenómeno de la herencia y alas personas en ella implicadas,como sucesores de la persona fallecida con anterioridad: derechosy deberes de los herederos entre sí y en sus relaciones con los demás.
III.ESTRUCTURA BÁSICA DE LA RELACIÓN JURÍDICA:
La...
Regístrate para leer el documento completo.