Legalizacion de documentos
REQUISITOS PARA LA LEGALIZACION DE DOCUMENTOS
DOCUMENTOS PROVENIENTES DEL EXTERIOR
Los documentos emitidos por los funcionarios consulares bolivianos deben consignarsu firma y pie de firma, debiendo encontrarse elaborados de acuerdo a las disposiciones legales vigentes bolivianas.
Los emitidos por autoridades del país de origen del documento, debenencontrarse autentificados por los funcionarios consulares bolivianos, los cuales autentificarán la firma acreditada por el Ministerio de Relaciones Exteriores del país en que ejercen funciones.
Losdocumentos emitidos o autentificados por los funcionarios consulares bolivianos en el exterior del Estado Plurinacional, deben consignar los timbres o valores fiscales de acuerdo al arancel establecido porel Decreto Supremo Nº25356 de 19 de abril de 1999.
La persona que tramita la legalización del documento deberá cancelar el importe pertinente por concepto de legalización en el Ministerio deRelaciones Exteriores, según Arancel Interno aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 253/2005
DOCUMENTOS EXTENDIDOS POR LAS MISIONES DIPLOMÁTICAS Y/O CONSULARES QUE SE ENCUENTRAN EN TERRITORIOBOLIVIANO
Los documentos deben consignar la firma y pie de firma del funcionario diplomático o consular acreditado en el Ministerio de Relaciones Exteriores por las Misiones diplomáticas y/oconsulares.
El interesado deberá adquirir de la Unidad de Legalizaciones en La Paz; de la Dirección General Cochabamba en Cochabamba o de la Dirección General Santa Cruz en Santa Cruz, los valores fiscalespertinentes de acuerdo al arancel establecido por el Decreto Supremo Nº 25356 de 19 de abril de 1999. (Anexo 1)
La persona que tramita la legalización del documento deberá cancelar el importepertinente por concepto de la legalización en el Ministerio de Relaciones Exteriores, según Arancel Interno aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 253/2005
DOCUMENTOS EMITIDOS POR AUTORIDADES...
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