leyes anti difamacion
Juristas indican que "si una persona se siente difamada", que presente una denuncia.
Acriterio del juez Carlos Aguilar, las reformas que ha tenido el Código Penal han permitido que la difamación sea considerada un delito.
Aunque resaltó que lafalta de costumbre y el escaso conocimiento de esto no permite que existan denuncias y, por ende, no lleguen a los órganos jurisdiccionales del ramo penal.Sale este tema, por las recientes acusaciones y fiscalizaciones que hacen diputados del Congreso de la República que,
en su mayoría, se aprovechan delbeneficio que gozan de "irresponsabilidad en sus
declaraciones".
El parlamentario del bloque independiente, Roberto Alejos, indica que "los políticos, engeneral, tenemos que aprender a no estar acusando a nadie sin las pruebas en las manos. Eso es en todo el mundo, porque desprestigiamos a las personas en temas quea veces no son ciertos. Es un tema de respeto a la persona y a los derechos
humanos".
Lo que dice la ley
"ARTÍCULO 164. Hay delito de difamación, cuandolas imputaciones constitutivas de calumnia o injuria se hicieren en forma o por medios de divulgación que puedan provocar odio o descrédito, o que menoscabenel honor, la dignidad o el decoro del ofendido, ante la sociedad.
Al responsable de difamación se le sancionará con prisión de dos a
cinco años".
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