los derechos fundamentales en el proceso historico de construccion de la union europea
Gregorio Cámara Villar
Catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Granada
SUMARIO
1.- Introducción.
2.- Desde el silencio de los Tratados constitutivos de las Comunidades Europeas hasta los cambios en elDerecho escrito.
3.- Los cambios en el Derecho comunitario escrito. Maastricht y Amsterdam.
4.- Desde la Carta Europea de los Derechos Fundamentales hasta el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa.
5.- El proceso de constitucionalización de la Unión y los derechos y libertades fundamentales en el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa. Valoracióngeneral.
6.-Conclusiones.
1. Introducción.
La historia del reconocimiento y la paulatina afirmación de los derechos fundamentales en el Derecho europeo es la historia misma de la construcción y el desarrollo de la idea política de Europa, ahora conforme a un canon abierto hacia una progresiva configuración de índole constitucional, del que ya fueron frustrados anuncios prematuros el«Proyecto Spinelli» (Proyecto de Unión Europea, 1984) y el «Informe Herman» (1994), generados en sintonía con las aspiraciones y sinergias de los movimientos proeuropeos. Desde la creación de las Comunidades en la década de los cincuenta del pasado siglo y, especialmente, desde comienzos de los sesenta, fue la cuestión de los derechos en el ámbito comunitario uno de los factores fundamentales, sino el fundamental, que llevaron a las instituciones comunitarias y a los Estados miembros, en acrecentada tensión con la sociedad civil, a un debate político enriquecido fuera de la lógica exclusivamente económica y funcionalista. Una de las claves centrales del proceso de constitucionalización europeo está justamente, pues, en el reconocimiento de los derechos y sus garantías por los Tratados y suincorporación última, como elemento central del limitado pacto constituyente cuyo intento han protagonizado los Estados con el concurso de los ciudadanos de la Unión Europea, en el Tratado por el que se establece una Constitución para Europa[2] . Cabe sostener que la causa eficiente más relevante de este proceso radica en el propio empeño de los ciudadanos y de determinadas fuerzas sociales ypolíticas en las que éstos se integran, toda vez que han venido mostrándose decididos al logro y al mantenimiento en Europa de aquello que trabajosamente han ido consiguiendo a lo largo de siglos -siempre, por supuesto, de manera imperfecta- en el marco constitucional de sus respectivos Estados: el respeto de sus derechos y libertades fundamentales tal como han sido aquilatados por elconstitucionalismo democrático.
Ciertamente, el arraigo, el desarrollo y la valoración social primordial de un constitucionalismo antropocentrista en los países de Europa a partir de la Segunda Guerra Mundial[3] , fundamentado en la dignidad de la persona, la libertad y la igualdad, y convertido en «cultura constitucional» (P. Häberle) llena de posibilidades de desarrollo, ha funcionado como un potente motorideológico-político que ha impulsado aceleradamente, en los últimos años y desde sus más sólidos fundamentos, la idea de Europa. Este factor ha sido determinante para que en las etapas más recientes se apunten dimensiones que claramente sobrepasan las concepciones internacionalistas, introduciéndose en el núcleo estructural de la Unión dimensiones axiológicas, teleológicas, garantistas yorganizativas hasta ahora prototípicas de los Estados. Los derechos se afirman de esta manera, desarrollando una perspectiva presente con especial intensidad desde Maastricht, como «valores» de la Unión (artículo I-2 del Tratado constitucional y Preámbulo de la Carta de Derechos Fundamentales de la Parte II), contenido material de sus «objetivos» (artículo I-3, en especial el apartado 1), parámetros de...
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