Manual De Dercho Procesal Penal
Concepto
Desde que el Estado prohibió la "justicia por mano propia" y asumió la obligación de "administrar justicia", se fue apropiando de la realización de casi todas aquellas tareas, generando así un sistema de respuestas que se presenta, en general, como de dominio casi exclusivo de funcionarios públicos, con muy poca cabida para elcontrol o la participación ciudadana, salvo los limitados casos de ejercicio exclusivo (acción privada) o conjunto (acción pública) de la persecución penal por parte del ofendido o la casi nula hasta ahora intervención de particulares (salvo la moderna experiencia cordobesa) en los tribunales (jurados).
El reexamen de esta “estatalidad” hoy abarca la pregunta sobre si el derecho penal debe cumpliruna función exclusivamente punitiva en la sociedad, o si puede tener también entre sus fines la de buscar y lograr una solución pacífica del conflicto humano que subyace en el delito, como una alternativa a la pena. A la vez profundiza el debate sobre si la procuración y la administración de la justicia penal son tareas exclusivas de funcionarios públicos, o si en ellas deben también participarlos ciudadanos y, en su caso, las formas y alcances de esa participación.
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Independencia entre la función de acusar y las de juzgar y penar
Como ya se dijo, la actividad acusatoria (de persecución penal) es una función estatal (salvo las contadas excepciones de acción privada o querella de acción pública) a cargo del Ministerio Público Fiscal, y la de juzgamiento (y la de penar) es otra funciónestatal independiente, provocada por aquélla, pero de naturaleza diferente, a cargo de tribunales imparciales del Poder Judicial (entre los que hay que incluir también al jurado). Así surge de las normas del sistema Constitucional que les dan origen.
Normas constitucionales
La Constitución Nacional acepta esta diferenciación. En el campo de la responsabilidad política, pone la acusación a cargode la Cámara de Diputados (sólo ella ejerce el derecho de acusar..., art. 53, CN) y el juzgamiento de los acusados a cargo de la Cámara de Senadores (al Senado corresponde juzgar... a los acusados... art. 59, CN). Lo mismo ocurre en materia de remoción de jueces inferiores: el Consejo de la Magistratura acusa y el Jurado de Enjuiciamiento juzga (arts. 114 inc. 5º y 115 CN).
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En el área de laresponsabilidad penal común, la Constitución establece la secuencia diferenciada de "acusación, juicio y castigo" (arts. 60 y 115).
A los fines de la acusación, la Constitución Nacional ha instituido el Ministerio Público (art. 120) y las Constituciones provinciales también (v. gr., Constitución de Córdoba, arts. 171 a 173) el que, en el ámbito de las respectivas jurisdicciones (Nacional oProvincial), tiene la función de "promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad, de los intereses generales de la sociedad" (art. 120, CN), de "promover y ejercitar la acción penal pública" y procurar ante los Tribunales la satisfacción del interés social (art. 172, Const. de Córdoba) lo que, por cierto, no excluye la posible participación de particulares en la acusación.
Para imponerla pena que las normas penales autorizan, la Constitución (art. 18, CN) exige un "juicio", en el que se respetará la dignidad y se garantizará la defensa del acusado, y que llevará adelante un "Juez natural" único que podrá "juzgar" y "penar" (lo que implica que no podrá a la vez acusar), integrante de los Tribunales federales o provinciales, según corresponda (arts. 75 inc. 12 y 18, CN).
Seevidencia así un modelo procesal de origen constitucional, cuyas normas distinguen e independizan la función de "perseguir y acusar" de la de "juzgar", "aplicar" la ley penal, "penar", "reprimir" o "castigar"; y que ha considerado que ambas son responsabilidades estatales, al punto que han instituido dos ordenes de funcionarios públicos distintos para ejercitarlas: el Ministerio Público Fiscal...
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