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La curatela de menores. Es un sistema de protección y guarda a el menor de edad, Los emancipados cuyos padres fallecieren o quedaren impedidos para el ejercicio de la asistencia prevenida en la ley. es la institución jurídica creada por el amparo de la persona y los bienes del mayor de edad incapacitado.
Los que obtuvieren el beneficio de la mayoría de edad.
Los declarados pródigos.Las personas a quienes la sentencia de incapacitación coloquen bajo esta forma de protección en atención a su grado de discernimiento.
La curatela no tendrá otro objeto que la intervención del curador en los actos que los menores o pródigos no puedan realizar por sí solos.
Los actos jurídicos realizados sin la intervención del curador, cuando esta sea necesaria, serán anulables. (En España:actos que diga la sentencia, si no se aplica el art. 271 del Código Civil Español)
Etimológicamente la palabra «curatela» nació de la combinación de dos palabras: «curador» y «tutela». Y proviene del curatore del latín que significa "Quien tiene encargo, cuidado u oficio de"
La emancipación. Es la obtención de la mayoría de edad. Las causas de la emancipación pueden ser varias:Emancipación automática
Automática, por mayoría de edad. Cuando el sujeto cumple la edad establecida en la ley para tener plena capacidad.
Automática, por matrimonio. El menor, mayor de 14 años, queda emancipado previa dispensa judicial al contraer matrimonio. Puede ser emancipado antes del matrimonio o quedar emancipado automáticamente al producirse este.
Emancipación a instancia de parte
Por un actaautorizante del padre (concesión paterna). Mediante negocio bilateral padre-hijo, conforme al art. 317 del CC en España. Requiere 16 años mínimo en el menor y su consentimiento. Se produce por escritura pública o comparecencia registral, además de inscripción en el Registro Civil.
Por sentencia judicial (concesión judicial). Proceso voluntario iniciado a instancia del hijo. Requiere 16 años mínimoen el menor, la petición de éste, la audiencia con los padres y la concurrencia de una causa legal. Se produce por auto judicial e inscripción en el Registro Civil.
Emancipación fáctica. Cuando el menor tiene vida económica independiente y los padres dan su consentimiento, aun siendo revocable.
Art. 382
El matrimonio produce de derecho la emancipación. LA DISOLUCION DEL MATRIMONIO NO LAEXISTINGUE. Si el matrimonio fuese anulado, LA EMANCIPAION SE EXTINGUE para el contrayente de mala fe, desde el dia de la sentencia de nulidad pase en autoridad de cosa juzgada
Art.383 La emancipación confiere al menor la capacidad de realizar actos de simple administración. Para cualquier acto que exceda de simple administración, requiere la aprobación del juez competente. Para estar enjuicio y para los actos de jurisdicción voluntaria, el emancipado deberá estar asistido por uno de sus progenitores que ejerciera la patria potestad y a falta de ellos, por un curador especial que el menor nombrare y con la aprobación del juez.
Art.384 Las cuentas de administración de los bienes del menor, anterior a la emancipación, se rendirán al emancipado, asistido de conformidad con lodispuesto en el art anterior. Si la asistencia al emancipado corresponde al que ha de rendir las cuentas, el menor nombrara un curador especial con aprobación del juez.
Art.385 En caso de oposición de intereses entre el menor emancipado y quien deba asistirlo en conformidad con el art 384, aquel nombrara con aprobación del juez un curador especial
Art.386 La nulidad de los actosejecutados en contravención a las disposiciones es de título, relativas al interés del menor, puede oponerse por el representante del menor, por este, por sus herederos o causahabientes.
Tema 21
La mayoridad
En el ordenamiento jurídico la mayoría de edad es una condición para determinar la plena capacidad de obrar de la persona que consta en alcanzar una edad cronológica establecida. La figura...
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