Motivacion De Los Hechos En Decisiones Judiciales
(julio-diciembre, 2002)
Motivación de las resoluciones judiciales
POR
MARTA CHUMILLAS MOYA
JUEZ
La Constitución Española se refiere a la necesidad de la motivación de las resoluciones judiciales en su art. 120.3, con relación a las SENTENCIAS de forma expresa y se enmarca también, dentro del derecho fundamental a la tutela judicial efectiva en su art. 24.
Los cuerposlegislativos más importantes también recogen esta necesaria fundamentación de las resoluciones, LOPJ, LEC y LECrim, haciendo especial incapié en la necesidad de que se motiven las SENTENCIAS.
Con relación a las restantes resoluciones judiciales, hay que señalar que, mientras que en las PROVIDENCIAS no es necesaria esta motivación sin perjuicio de que contengan una sucinta motivación, los AUTOS también debencontener fundamentos jurídicos destacando aquellos autos que incidan sobre los derechos de las personas y sobre todo, aquellos que los restrinjan o delimiten; estos autos aparecen de manera más destacada en el ámbito penal puestos que inciden sobre derechos fundamentales como la libertad, tutela judicial: auto prisión, libertad bajo fianza, auto procesamiento, Procedimiento Abreviado, Conclusiónde sumario....
IDEAS GENERALES DE LA JURISPRUDENCIA DE LO QUE DEBE SER LA MOTIVACIÓN DE LAS SENTENCIAS:
NECESIDAD DE MOTIVACIÓN: La motivación, de las sentencias ... constituye un elemento básico de la resolución judicial de conformidad con las previsiones contenidas en el articulo 120.3 de la Constitución. De ahí que es unánime la doctrina Jurisprudencial de las que son de citar las Sentenciasdel Tribunal Supremo de 8 de mayo y 28 de abril de 1998, afirmen que es evidente, que la motivación de las resoluciones judiciales encuentra su fundamento en la necesidad de dar una explicación al silogismo judicial lo suficientemente aclaratoria como para saber que la solución dada al caso, es consecuencia de una interpretación del ordenamiento y no el fruto de la arbitrariedad, tal como pusieronde relieve las sentencias del Tribunal constitucional de 27 de enero de 1994, 20 de mayo de 1993 16 de noviembre de 1992.
La cuestión sobre motivación de resoluciones judiciales ha sido llevada en ocasiones ante el Tribunal Constitucional, de ahí la existencia de una copiosa doctrina del citado Tribunal y del Tribunal Supremo que han puesto de manifiesto los y exigencias que deban reunir lasresoluciones judiciales para que pueda tenerse por cumplida la misma, y sirvan de ejemplo de lo que se señala las Sentencias del Tribunal Supremo de 18 de septiembre y 7 de junio de 1995t 1 XI octubre de 1994, 21 de mayo de 1993, 4 de diciembre de 1992 y 26 de diciembre de 1991.
Afirma la doctrina Constitucional en las Sentencias de 16 de diciembre y 17 de marzo de 1997, que la motivación noconsiste ni debe consistir en una mera declaración de conocimiento y menos en una manifestación de voluntad que sería una apodíctica, sino que ésta ha de ser la conclusión de una argumentación ajustada al tema o temas en litigio, para el interesado, destinatario inmediato pero no único, y demás, los órganos judiciales superiores y también los ciudadanos, puedan conocer el fundamento, la ratío decidendide las resoluciones. Se convierte así conforme expresan las mentadas resoluciones en "una garantía esencial del justiciable mediante la cual, sin perjuicio de la libertad del Juez en la interpretación de las normas, se comprobar que la solución dada al caso es consecuencia de opa exégesis racional del ordenamiento y no el fruto de la arbitrariedad".
Ahora bien, la obligación de motivar, o lo quees lo mismo, de explicar la decisión judicial, no conlleva una simétrica exigencia de extensión, elegancia retórica rigor lógico o apoyos académicos, que estarán en función del autor y de las cuestiones controvertidas y ello por cuanto la ley de Enjuiciamiento Civil (artículo 359) pide al respecto, claridad y precisión. Consecuentemente con ello se afirma que, la motivación ha de ser suficiente y...
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