Prescripción en derecho laboral
La prescripción es una forma de extinción de derechos y acciones por el transcurso del tiempo. Se trata de una institución de muy antigua data que tiene como fundamento la seguridad jurídica. La doctrina que sirve como sustento de la legislación sobre la materia considera que el titular de un derecho o pretensión debe ejercer dentro de un tiempo determinado laacción judicial o administrativa para demandarlo o reclamarlo, pues el mantener indefinidamente abierta la posibilidad de hacerlo, afectaría el derecho que a su vez tiene el potencial reclamado o demandado al exigírsele mantenerse en permanente riesgo de ser requerido y, por ello, de conservar en forma igualmente indefinida los documentos y más medios probatorios que eventualmente fueren requeridospara su defensa.
Prescripción en derecho laboral
La prescripción implica la pérdida del derecho por parte del trabajador y la cesación de la obligación por parte del empleador puesto que se pierde la oportunidad para reclamar.
La prescripción opera a los tres años contados a partir de la fecha en que surge la exigibilidad del derecho por parte el trabajador. Veremos entonces los diferentesderechos.
Base legal
Art. 635 Código de Trabajo.- Prescripción de las acciones provenientes de actos o contratos.- Las acciones provenientes de los actos y contratos de trabajo prescriben en tres años, contados desde la terminación de la relación laboral, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos que siguen y en los demás casos de prescripción de corto tiempo, especialmente contemplados en esteCódigo.
Art. 636 Código de Trabajo.- Prescripciones especiales.- Prescriben en un mes estas acciones:
a) La de los trabajadores para volver a ocupar el puesto que hayan dejado provisionalmente por causas legales;
b) La de los empleadores para despedir o dar por terminado el contrato con el trabajador; y,
c) La de los empleadores, para exigir del trabajador indemnización por imperfecta o defectuosaejecución del trabajo ya concluido y entregado.
Art. 637 Código de Trabajo.- Suspensión e interrupción de la prescripción.- La prescripción de tres años o más se suspende e interrumpe de conformidad con las normas del Derecho Civil; pero transcurridos cinco años desde que la obligación se hizo exigible, no se aceptará motivo alguno de suspensión y toda acción se declarará prescrita.
Prescripcióndel sueldo o salario.
El salario se hace exigible una vez haya terminado el periodo de trabajo pactado, el cual puede ser diario, semanal, quincenal o mensual. Es decir que la prescripción empieza a correr al día siguiente del vencimiento del plazo para pagar el salario.
Prescripción de las vacaciones.
Las vacaciones tienen un tratamiento ligeramente diferente a los otros derechos, puesto queestas se causan al cumplir un año de servicios, pero solo son exigibles un año después, de suerte que la prescripción empieza a correr un año después de su causación.
Recordemos que las vacaciones deben ser otorgadas dentro del año siguiente a aquel en que se obtuvo el derecho a disfrutarlas, pero es facultad exclusiva del empleador otorgarlas. El trabajador sólo las puede exigir una vez hayapasado un año de haberse adquirido el derecho, por lo que se puede decir que en el caso de las vacaciones, la prescripción es de 4 años contados a partir de la fecha de la obtención del derecho a disfrutarlas.
En el caso de las vacaciones que se compensan en dinero debido a la terminación del contrato de trabajo sin haberlas disfrutado, la prescripción empieza a contarse desde el día siguiente alaterminación del contrato de trabajo, puesto que en este caso, las vacaciones se deben pagar junto con el salario, prestaciones y demás conceptos adeudados al trabajador al momento de terminar el contrato de trabajo.
Prescripción de la prima de servicios.
La prima de servicios debe ser pagada en dos cuotas, una en junio y otra el 20 de diciembre. Quiere decir esto que en la prima que ha de ser...
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