sida
El Código Penal Federal tipifica la infección como una enfermedad venérea o incurable y establece una pena de hasta cinco años de cárcel, lo que se traslada en lamisma manera genérica a las leyes de 28 estados, que incluyen además penas de multas y trabajos comunitarios.
En otros dos estados, el suroccidental Guerrero y nororiental Tamaulipas, se tipificaen forma explícita la transmisión del VIH. En cambio, los estados centrales de Aguascalientes y San Luis Potosí son los únicos que no consideran delito la transmisión de enfermedades infecciosas.En Guerrero, el artículo 195 de su código penal castiga con prisión de tres meses a cinco años y multas de 20 a 100 días de salario a quien "sabiendo que padece enfermedades de transmisión sexual enperíodo infectante, incluido el síndrome de inmunodeficiencia adquirida, tenga cópula con una persona que ignore su condición".
En Tamaulipas, el artículo 203 precisa el delito en forma similarpero la sanción es de seis meses a seis años de cárcel y las multas se reducen a la mitad.
"Es un tema alarmante, no debería penalizarse. Es una práctica discriminatoria que se presta para seguirjustificando cosas como la homofobia", dijo a IPS José Aguilar, coordinador nacional de la no gubernamental Red Democracia y Sexualidad, enfocada en la educación sexual y la promoción de los derechossexuales.
Hasta ahora, las legislaciones en los 30 estados no se han aplicado contra portadores de VIH, por lo que tampoco se han promovido iniciativas contra ellas.
"Ésta ha sido una respuestaque intentaba frenar la epidemia; sin embargo, está claro que este tipo de delitos criminalizan a las personas que viven con VIH. Además, violan una serie de derechos, a la intimidad y a la libertad...
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