Sindicato
La pensión Obligatoria es una prestación económica que obtienen los afiliados al Sistema General de Pensiones a través de las Administradoras de Fondos de Pensiones y CesantÃa (AFP) y/o del Instituto de Seguros Sociales (ISS), con el fin de garantizar a las personas que cumplan con los requisitos establecidos
2. ¿Qué destino tiene el dinero que aportan los afiliadosmensualmente para obtener su pensión?
AFP
Los aportes mensuales y sus respectivos rendimientos se destinan a incrementar el monto de su cuenta individual de ahorro pensional. Esta cuenta es de propiedad exclusiva del afiliado, y es totalmente independiente a toda la composición del fondo.
ISS
Los aportes se depositan en un fondo común, el cual es propiedad de todos los afiliados.
3.¿Cuándo yCuánto se debe aportar?
Mensualmente, los empleadores pagarán el 75% de la cotización total y los trabajadores el 25% restante.
Distribución Porcentual de Aportes
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Otros Aportes
• Si el afiliado recibe un ingreso mensual igual o superior a cuatro (4) salarios mÃnimosmensuales legales vigentes, deberá aportar adicionalmente el 1% sobre su base de cotización, destinado al Fondo de Solidaridad Pensional.
•Si el afiliado recibe un ingreso mensual igual o superior a 16 salarios mÃnimos mensuales legales vigentes (SMMLV), deberá hacer un aporte adicional, sobre su ingreso base de cotización, asÃ:
|16 a 17 SMMLV |0.20% |
|17a 18 SMMLV |0.40% |
|18 a 19 SMMLV |0.60% |
|19 a 20 SMMLV |0.80% |
|Superiores a 20 SMMLV |1% |
Este aporte está destinado exclusivamente a la subcuenta de subsistencia del Fondo de Solidaridad Pensional.
4.¿Cuántas semanas deben cotizar los afiliados para pensionarse?Â
• Los afiliados al Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAI) no están obligados a cotizar un mÃnimo de semanas, ni a cumplir una edad determinada para obtener su pensión de vejez, pues es posible optar por una pensión de vejez anticipada si el capital acumulado en la cuenta de ahorro individual -conformada por los aportes y sus rendimientos obtenidos, asà como por el valor delBono Pensional, si a el hubiere lugar- permite financiar una mesada pensional superior al 110% del salario mÃnimo mensual legal vigente.
Sin embargo, los afiliados que a los 62 años de edad, si son hombres, y 57, si son mujeres, no hayan alcanzado a generar la pensión mÃnima, y hubiesen cotizado por lo menos 1.150 semanas tendrán derecho a que el Fondo de GarantÃa de Pensión MÃnima delRégimen de Ahorro Individual con Solidaridad, les complete la parte que haga falta para obtener dicha pensión.
• En el Régimen de Prima Media con Prestación Definida, los afiliados deben haber cotizado un mÃnimo de 1.000 semanas en cualquier tiempo.
A partir del 1 de enero del año 2.005 el número de semanas se incrementó en 50 y a partir del 1 de enero de 2.006 se incrementó en 25 cada añohasta llegar a 1300 semanas en el año 2.015.
• En este régimen, la edad para acceder a la pensión de vejez de las personas que al momento de entrar en vigencia el sistema, siendo mujeres tengan 35 o más años de edad, o 40 o más años de edad siendo hombres, o que tuvieran 15 o más años de servicios cotizados, será la establecida en el régimen anterior al cual se encuentren afiliados.5.¿Cuál es la edad establecida por la Ley para obtener la pensión de vejez?
AFP
En cualquier AFP los afiliados se pensionan a la edad que deseen, siempre y cuando el capital depositado en su cuenta individual de ahorro pensional alcance para financiar una pensión superior al 110% del salario mÃnimo mensual legal vigente. En caso contrario, debe acreditar la edad requerida y el...
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