Sistemas procesales penales
IV CONTRATO LEY
CONCEPTO
Es el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios patrones o uno o varios sindicatos de patrones, conobjeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse un trabajo en una rama determinada de la industria y declarado obligatorio en una o varias entidades federativas en una o variaszonas económicas que abarquen una o mas de dichas entidades, o en todo el territorio nacional. Los contratos colectivos pueden celebrarse para industrias de jurisdicción federal o local.ELEMENTOS
Escenciales.
Consentimiento.
Objeto posible.
De validez.
Capacidad.
Libre albedrío.
Licitud del objeto.
La forma.
NORMAS
Pueden solicitar su celebración lossindicatos que representen las 2/3 partes de los trabajadores sindicalizados, por lo menos, de una rama de la industria en una o varias entidades federativas, en una o mas zonas económicas, queabarque una o mas de dichas entidades o en todo el territorio nacional.
La solicitud se presentara a la Secretaria del Trabajo y Previsión Social, si se prefiere a dos o más entidades federativas oa industrias de jurisdicción federal, o al gobernador del estado o territorio o jefe del departamento del D. F. Si se trata de industrias de jurisdicción local.
Los solicitantes justificaranque satisfacen el requisito de mayoría, si a su juicio es oportuna y benéfica para la industria la celebración del contrato colectivo convocara a una convención a los sindicatos de trabajadores ya los patrones que puedan resultar afectados.
L a convocatoria se publicara en el diario oficial de la federación en el periódico oficial de la entidad federativa y en los periódicos de mayorcirculación, señalara el lugar donde haya de celebrarse la convención y la fecha y hora de la reunión inaugural. La fecha de la reunión será señalada dentro de un plazo no menor de 30 días.
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