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TITULO I: DISPOSICIONES GENERALES
1.- Para los efectos de la presente Resolución, salvo disposición en contrario, se entenderá por:
I.- “Aranceles”, cualquier impuesto o arancel a la importación, en lostérminos de lo dispuesto en los artículos 318 del Tratado y 12 de la Ley de Comercio Exterior.
II.- “Autoridad aduanera”, la autoridad competente en los términos de la Ley Aduanera y del artículo 514 del Tratado.
III.- “Bien”, cualquier mercancía en los términos de la Ley Aduanera.
IV.- “Certificado de origen válido”, el certificado de origen que haya sido llenado por el exportador del bienen territorio de una Parte, de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución y en el instructivo de llenado del certificado de origen.
V.- “Días”, salvo que se disponga lo contrario, días naturales, incluidos el sábado, el domingo y los días festivos.
VI.- “Partes”, los Estados Unidos Mexicanos, Canadá, y los Estados Unidos de América.
VII.- “Reglamentaciones Uniformes”, paraefectos de los Títulos I, II y III de la presente Resolución, las “Reglamentaciones Uniformes para la Interpretación, Aplicación y Administración del Capítulo IV del Tratado de Libre Comercio de América del Norte”, contenidas en la Sección II del Título IV de la presente Resolución.
VIII.- “Reglas de marcado”, las reglas de marcado establecidas de conformidad con el Anexo 311, que se encuentrancontenidas en el “Acuerdo por el que se establecen reglas de marcado de país de origen para determinar cuando una mercancía importada a territorio nacional se puede considerar una mercancía estadounidense o canadiense de conformidad con el Tratado de Libre Comercio de América del Norte”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 7 de enero de 1994.
IX.- “Territorio de una Parte”, elterritorio de los Estados Unidos Mexicanos, de Canadá, o de los Estados Unidos de América como se define en el Anexo 201.1 del Tratado.
X.- “Tratado”, el Tratado de Libre Comercio de América del Norte.
XI.- “Trato arancelario preferencial” o “tasa arancelaria preferencial”, el arancel o la tasa arancelaria aplicable a un bien originario de conformidad con la Lista de Desgravación de Méxicocontenida en la Sección B del Anexo 302.2 del Tratado.
XII.- “Maquiladoras”, las personas morales que tributen bajo el Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que cuenten con programa autorizado por la Secretaría de Economía, en los términos del Decreto para el fomento y operación de la industria maquiladora de exportación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1 de junio de1998, reformado mediante decretos publicados en el mismo órgano informativo el 13 de noviembre de 1998, el 30 de octubre de 2000 y el 31 de diciembre de 2000.
XIII.- “PITEX”, las personas morales que tributen bajo el Título II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, que cuenten con programas autorizados por la Secretaría de Economía, en los términos del Decreto
que establece programas deimportación temporal para producir artículos de exportación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de mayo de 1990, reformado mediante decretos publicados en el citado órgano informativo el 11 de mayo de 1995, el 13 de noviembre de 1998, el 30 de octubre de 2000 y el 31 de diciembre de 2000.
XIV.- “ECEX”, las empresas de comercio exterior autorizadas por la Secretaría de Economía, enlos términos del Decreto para el establecimiento de Empresas de Comercio Exterior, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de abril de 1997.
XV.- “Empresa de la industria automotriz terminal”, las empresas de la industria automotriz terminal o manufacturera de vehículos de autotransporte, en los términos del Decreto para el Fomento y Modernización de la Industria Automotriz,...
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