Ángel Estrada

Páginas: 39 (9602 palabras) Publicado: 5 de abril de 2014
A. 126. XXXVI. Angel Estrada y Cía. S.A. c/ resol. 71/96 - Sec. Ener. y Puertos (Expte. N° 750-002119/96).
S u p r e m a   C o r t e:
     - I -
  Contra la sentencia de fs. 108/134, de la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, que -por mayoría- declaró la nulidad de la resolución n.º 229/95 del Ente Nacional Regulador de la Energía (ENRE, enadelante), que fue confirmada por la resolución n.º 71/96, de la Secretaría de Energía y Puertos del ex Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y, en consecuencia, ordenó que el ENRE sustancie el reclamo formulado por Ángel Estrada S.A., tanto la Secretaría de Energía y Puertos como el ente regulador dedujeron los recursos extraordinarios obrantes a fs. 141/160 y 166/187, respectivamente,que fueron concedidos en lo atinente a la interpretación de normas federales y denegados en cuanto cuestionan el fallo por arbitrariedad (fs. 205). 
  La Cámara entendió que, por aplicación del Marco Regulatorio Eléctrico y del contrato de concesión celebrado entre el Estado Nacional y la empresa prestataria del servicio de distribución de energía eléctrica, ésta debía responder por la totalidadde los daños y perjuicios ocasionados como consecuencia de la irregular prestación del servicio a su cargo. 
Para así resolver, el primero de los jueces que conformó la postura mayoritaria del tribunal, consideró que correspondía discernir si el ENRE tiene facultades para conocer en una pretensión de daños y perjuicios o si su competencia se limita a aplicar las sanciones previstas, respetandolos principios del debido proceso de acuerdo a lo dispuesto en el art. 58 inc. o) de la ley 24.065. En tal sentido, sostuvo que los usuarios tienen derecho a la protección de sus intereses económicos y a que se establezcan procedimientos eficaces para la prevención y solución de conflictos (conf. art. 42 de la Constitución Nacional) y que el deber atribuido a las "autoridades" de proveer a estaprotección incluye a las legislativas, administrativas y jurisdiccionales. Así, con sustento en el art. 72 de la ley 24.065, consideró que el ente regulador es competente para resolver la controversia, porque su intervención es facultativa para los usuarios y terceros interesados y el hecho que dio origen al reclamo tiene estricta relación con su competencia. 
  En cuanto al fondo de la cuestión,señaló que el Poder Ejecutivo Nacional no pudo dispensar a las distribuidoras de la obligación de reparar los daños y perjuicios que ocasionen en la prestación del servicio, pues ello contradice el art. 42 de la Ley Fundamental y la limitación de la responsabilidad es un privilegio, cuya concesión está atribuida al Congreso (art. 75 inc. 18) y el legislador no lo facultó a suscribir contratos quecontengan dichas cláusulas. Máxime cuando los destinatarios del servicio no son "clientes", porque son cautivos, sino "usuarios" y la relación de éstos con el concesionario se rige por el Derecho Administrativo y por los arts. 42 y 43 de la Constitución Nacional desde 1994. 
  Por otra parte, recordó que la ley 24.240 dispone que, en caso de duda se estará a favor del consumidor e impide que loscontratos de adhesión tengan cláusulas limitativas de responsabilidad (arts. 37 y 38) y, por último, señaló que el art. 31 de la ley 24.447 dispuso que las multas aplicadas por los entes reguladores ingresen al Tesoro Nacional, de donde surge que, aun cuando ello operaría sobre las sanciones administrativas, da cuenta de la modificación del destino que se atribuyó a la percepción de las multasimpuestas, lo que por vía de hipótesis podría configurarse respecto de los numerales 5.1, 5.2 y 5.3. del Subanexo 4. 
  El otro magistrado que integró la mayoría también afirmó que el ENRE era competente para decidir la controversia, que se relaciona con la prestación -o su falta- del suministro de energía eléctrica, pues la expresión "toda controversia" contenida en el precitado art. 72 no permite...
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