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Como seencuentran reunidos los requisitos exigidos en los Artículos 14 y S.S del Decreto 2591 de 1991 respecto del señor RICARDO CABEZAS ANACONA dentro de la presente acción de tutela, instaurada contra la AGENCIAPRESIDENCIAL PARA LA ACCION SOCIAL Y LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL (ACCION SOCIAL), el juzgado,
RESUELVE:
PRIMERO: RECHAZAR DE PLANO la anterior ACCION DE TUTELA presentada por el señorRICARDO CABEZAS ANACONA como agente oficioso de ISIDORO GOMEZ, MARIA PRÁXEDES SALAMANCA MUÑOZ, MARIA DEL PILAR ROSERO ESPAÑA, MARIA DORIS ESPAÑA NOGUERA , LUZ MILENE JIMÉNEZ CRUZ, MARINO CERON ORTEGA,EVANGELINA ANACONA ANACONA Y CARMENZA SALAMANCA CAMPO contra la AGENCIA PRESIDENCIAL PARA LA ACCION SOCIAL Y LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL (ACCION SOCIAL), al no haber sido corregida dentro del término.SEGUNDO: ADMITIR la anterior ACCION DE TUTELA instaurada por el señor RICARDO CABEZAS ANACONA, en contra de la AGENCIA PRESIDENCIAL PARA LA ACCION Y LA COOPERACIÓN INTERNACIONAL (ACCION SOCIAL),su Representante Legal o quien haga sus veces en cada momento procesal, a que se le amparen los derechos fundamentales de MINIMO VITAL, IGUALDAD, INTEGRIDAD PERSONAL Y DIGNIDAD HUMANA presuntamentevulnerados y/o amenazados por esta entidad.
SEGUNDO: PREVIA NOTIFICACIÓN al Representante legal o quien haga sus veces. REQUIERASELE con el objeto de que informe todo lo relacionado con losantecedentes que han motivado la presente acción.
TERCERO: SEÑALESE como plazo para cumplir con el anterior requerimiento el término de tres (3) días siguientes a la notificación personal y/o de la...
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