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Páginas: 12 (2927 palabras) Publicado: 9 de octubre de 2015
EJECUCIÓN ESPECIAL DE OBLIGACIONES DE HACER
CONCEPTO
Ruggiero, citado por Alfonso Brañas, define la obligación como la relación jurÃ-dica en virtud de la cual
una persona debe determinada prestación a otra, que tiene la facultad de exigirla, constriñendo a la primera
a satisfacerla.
Manuel Ossorio en su Diccionario de ciencias jurÃ-dicas, polÃ-ticas y sociales, define como obligación dehacer la que impone realizar un acto o prestar algún servicio su transgresión lleva a buscar el resarcimiento
por la vÃ-a económica de reparar los daños y perjuicios aunque, en general, cabe el pago por otro, no se
admite si la obligación es intuito personae. Con respecto de la ejecución, Ossorio define que es la exigencia
de determinada deuda mediante el procedimiento ejecutivo.
Al momento enque se incumple con la obligación de hacer lo que se ha acordado y que consta en tÃ-tulo
ejecutivo, existe la posibilidad de promover una ejecución especial de obligaciones de hacer, que se
encuentra regulado en el artÃ-culo 337 del Código Procesal Civil y Mercantil Decreto Ley 107, con el fin de
hacer cumplir la obligación o reparar en daños y perjuicios.
NATURALEZA JURÃDICA
La ejecuciónde las obligaciones de hacer nace de la generación de las obligaciones de hacer y su respectiva
regulación sustantiva en el Código Civil Decreto Ley 106.
La obligación de hacer resulta de un acto o declaración de voluntad, en este caso de hacer y, el hecho del
incumplimiento de la obligación, le da derecho al acreedor del tÃ-tulo a exigir la prestación que se acordó
o bien, como dice MauroChacón su objeto consiste en constreñir al deudor en realizar un acto o en prestar
un servicio que el acreedor puede exigir.; se trata de confeccionarle al poseedor del tÃ-tulo algún material u
obra por puro acuerdo.
De acuerdo con Jaime Guasp esta ejecución especial es una ejecución transformativa ya que el ejecutante es
satisfecho a través de una conducta distinta de la entrega, que esordenada por el órgano jurisdiccional, la
pretensión consiste en que este órgano realice una manifestación de voluntad en sentido material,
trascendiendo el ámbito de las ideas, pudiéndose convertir la obligación de hacer en una de entregar al
momento en que se abonen daños y perjuicios si la obra no se efectúa.
PROCEDIMIENTO
Las obligaciones de hacer se encuentran reguladas sustantivamenteen los siguientes artÃ-culos del Código
Civil:
• ArtÃ-culo 1323, el incumplimiento de la obligación faculta al acreedor para llevar acabo él
mismo o por medio de tercero la obra o material a costa del deudor, siempre y cuando dicha
obligación no tenga la caracterÃ-stica de ser intuito personae.
• ArtÃ-culo 1324, si es preferencia del acreedor que el deudor lleve acabo la prestación,solicitará al
juez que fije un término para que se cumpla con la obligación, si no es asÃ- el deudor se verá
obligado a pagar por daños y perjuicios.
• ArtÃ-culo 1325, si no hubiere culpa del deudor en el incumplimiento de la obligación, ésta queda
extinguida y únicamente tendrá que devolver al acreedor lo que por razón de la obligación haya
recibido.
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De esta normativa sustantiva parte laadjetiva, regulada como se mencionó, en el Decreto Ley 107, siendo su
procedimiento el siguiente:
• Poseer el tÃ-tulo en el que conste la declaración de voluntad o convenio de obligación de hacer, el cual
se ha incumplido y que pueden ser los establecidos en los artÃ-culos 294 y 327 del Código Procesal Civil
y Mercantil.
• Promover la demanda de obligación de hacer ante el juez respectivo,solicitando que se cumpla la
obligación (ejecución transformativa según Guasp) y si esta no se cumpliere, solicitar el embargo de
carácter ejecutivo (y no cautelar) por daños y perjuicios (ejecución normal expropiativa que transforma
la obligación de hacer en una de entregar, según Guasp). La cantidad dineraria por daños y perjuicios
puede ser fijada por el juez si anteriormente no fue...
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