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Páginas: 5 (1010 palabras) Publicado: 28 de julio de 2014
ORDINARIO LABORAL NUMERO 01173-2012-04453 OF. I
JUZGADO DÉCIMO DE TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL: Guatemala, seis de febrero de dos
mil trece.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------I.- Se tiene a la vista para resolver LA CUESTIÓN DE INCOMPETENCIA POR RAZON DE LA
MATERIA planteada por la entidad demandada GAS ZETA,SOCIEDAD ANONIMA a través de
su Representante Legal. Y; -CONSIDERANDO: Que el que sea demandado o requerido para la
práctica de una diligencia judicial ante un Juez que estime incompetente por razón del territorio
o de la materia, podrá ocurrir ante éste pidiéndole que se inhiba de conocer en el asunto y
remita lo actuado al Juez quecorresponda.-------------------------------------------------------------------------------------CONSIDERANDO: Que en el presente caso, compareció el Mandatario Especial Judicial y
Administrativo con Representación de la entidad demandada GAS ZETA, SOCIEDAD
ANÓNIMA, e interpuso la CUESTIÓN DE INCOMPETENCIA POR RAZON DE LA MATERIA,
argumentando que el Código de Trabajo en su articulo 1° regula los derechos y obligaciones
de patronos y trabajadores conocasión del trabajo y crea instituciones para resolver sus
conflictos. Que los conflictos relativos a trabajo y previsión social están sometidos a la
jurisdicción privativa de los Tribunales de Trabajo y Previsión Social, a quienes compete juzgar
y ejecutar lo juzgado (articulo 283 del Código de Trabajo). Que la entidad demandada y el actor
celebraron contrato mercantil de franquicia, el cualdio lugar al nacimiento de una relación
jurídica de carácter mercantil, distinta a una relación típicamente laboral. Manifestó la entidad
demandada que se acordó que los conflictos surgidos de dicha relación mercantil son
competencia de un Tribunal de Orden Civil y Mercantil. La excepcionante ofreció sus medios de
prueba e hizo sus peticiones de conformidad con la ley. ----- DE LA CUESTIÓN DEINCOMPETENCIA PLANTEADA SE CONFIRIO AUDIENCIA POR DOS DÍAS AL ACTOR,
quien se pronunció limitándose a indicar que desconoce a GAZ ZETA, SOCIEDAD ANÓNIMA,
ya que a quien se demandó fue a GAS ZETA, SOCIEDAD ANÓNIMA. El actor no se manifestó

sobre los argumentos expuestos por la entidad demandada en los cuales sustenta la cuestión
de incompetencia por razón de la materia. La juzgadora, alanalizar los argumentos expuestos
por ambas partes y prueba aportadas, establece lo siguiente: a) Respecto al nombre de la
entidad demandada consignado en el memorial de interposición de la excepción planteada,
considera que se trata de un error mecanográfico al consignarse en dicho memorial el nombre
de “GAZ ZETA”; sin embargo, en el mismo memorial se nombra posteriormente en forma
correcta a laentidad demandada: “Gas Zeta, Sociedad Anónima”. La juzgadora considera así
mismo que al no plantear el actor el recurso pertinente en su momento procesal, para atacar el
error en el nombre de la entidad demandada,

el mismo fue consentido, sin que ello se

interprete que se trata de una entidad distinta, pues el mismo actor evacuó la audiencia
conferida sobre la excepción dilatoriaplanteada. B) Aclarado el extremo anterior, la juzgadora
considera que la entidad demandada acredita que la relación que se dio con el actor fue de
carácter mercantil y no laboral como el demandante lo argumenta. Este hecho se prueba con
los documentos aportados por la incidentante, específicamente con la fotocopia del Contrato de
Franquicia suscrito entre las partes con fecha diecinueve de marzo dedos mil ocho, del cual
se establece que el demandado obtendría por la venta, distribución, o expendio de los bienes,
objeto del contrato, un descuento por la venta por galón del precio al público, con base a una
tabla de descuentos; que el demandante o franquiciado sería el responsable de manejar el
producto dado en depósito, por su cuenta y riesgo; que no existía entre el demandante y el...
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