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Páginas: 13 (3026 palabras) Publicado: 30 de noviembre de 2015
MINISTERIO DE TRANSPORTE
RESOLUCIÓN NÚMERO 0012335 DE 2012
(diciembre 28)
por la cual se reglamenta el registro de la maquinaria agrícola, industrial y de
construcción autopropulsada y se dictan otras disposiciones.
La Ministra de Transporte, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las
conferidas por el artículo 1° de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1° de
la Ley 1383de 2010, artículo 6°, numerales 6.1 y 6.2 del Decreto número 087 de
2011, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 1° de la Ley 769 de 2002 determina que le corresponde al
Ministerio de Transporte como autoridad suprema de tránsito definir, orientar,
vigilar e inspeccionar la ejecución de la política nacional en materia de tránsito;
Que el artículo 2° de la ley ibídem define al vehículo agrícola, como unvehículo
automotor provisto de una configuración especial, destinado exclusivamente a
labores agrícolas y la maquinaria rodante de construcción o minería, como
vehículos automotores destinados exclusivamente a obras industriales, incluidas
las de minería, construcción y conservación de obras;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 9° de la Ley 769 de 2002, le
corresponde al Ministerio deTransporte determinar las características, la
operación y el montaje de la información de los registros del sistema RUNT;
Que el artículo 46 de la ley antes señalada, establece que todo vehículo
automotor, registrado y autorizado para circular por el territorio nacional,
incluyendo la maquinaria capaz de desplazarse, debe ser inscrita por parte de la
autoridad competente en el Registro NacionalAutomotor que llevará el Ministerio
de Transporte;
Que el numeral 7 del literal a) y el literal b) del artículo 10 de la Ley 1005 de 2006,
modificados por el artículo 207 del Decreto número 019 de 2012, señalan que toda
la maquinaria agrícola, industrial y de construcción autopropulsada debe ser
inscrita en el RUNT y que el responsable de su inscripción y expedición de la
respectiva tarjeta de registroes el Ministerio de Transporte o quien este delegue;
Que el artículo 11 de la Ley 1005 de 2006, modificado por el artículo 208 del
Decreto-ley 019 de 2012, incorporó al Registro Único Nacional de Tránsito –
RUNT–, el Registro Nacional de Maquinaria Agrícola, Industrial y de Construcción
Autopropulsada, adquirida, importada o ensamblada en el país;

Que la Ley 1005 de 2006 dispuso que el RegistroNacional de Maquinaria
Agrícola, Industrial y de Construcción Autopropulsada debe realizarse por el
Ministerio de Transporte o quien este delegue, el cual tiene como propósito
disponer de una base de datos sobre los equipos existentes en el país con fines
estadísticos, dejando en cabeza del Ministerio de Transporte la potestad
reglamentaria respecto del procedimiento a seguir para que lospropietarios y/o
poseedores de la maquinaria realicen el proceso de inscripción al registro;
Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° del Decreto número 2261 de
2 de noviembre de 2012, la maquinaria clasificable en las subpartidas
8429.11.00.00, 8429.19.00.00, 8429.51.00.00, 8429.52.00.00, 8429.59.00.00,
8431.41.00.00, 8431.42.00.00 y 8905.10.00.00 del arancel de aduanas, que se
importen apartir de la entrada en vigencia de la norma, deben ser inscritas en el
sistema RUNT;
Que los artículos 7° y 8° de la norma ibídem señalan que la autoridad competente
debe definir las vías terrestres, fluviales y marítimas, así como los horarios en los
cuales se podrá realizar el traslado o movilización de la maquinaria minera;
Que si bien los equipos de maquinaria agrícola, industrial y deconstrucción
autopropulsada poseen motor que les permite autodesplazarse, estos constituyen
un factor potencial de riesgo en el tránsito, debido a su limitada velocidad de
desplazamiento, de sus dimensiones y a que no cuentan con los elementos de
seguridad reglamentarios como luces, cinturón de seguridad, espejos, entre otros,
situaciones que causan interferencias en la circulación normal por las...
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