20202costa rica
Artículo 16. 1. Todas las personas tienen derecho a asociarse libremente con fines ideológicos, religiosos,políticos, económicos, laborales, sociales, culturales, deportivos o de cualquiera otra índole. fuerzas armadas y de la policía.
Artículo 17. 1. La familia es el elemento natural y fundamental de lasociedad y debe ser protegida por la sociedad y el estado. Cap. III - Derechos económicos sociales y culturales
Artículo 26. Los estados partes se comprometen a adoptar providencias, tanto a nivel internocomo mediante la cooperación internacional, especialmente económica y técnica; para lograr progresivamente la plena efectividad de los derechos que se derivan de
las normas económicas, sociales y sobreeducación, ciencia y cultura, contenidas en la carta de la organización de los estados americanos, reformada por el protocolo de Buenos Aires, en la medida de los recursos disponibles, por víalegislativa u otros medios apropiados.
Cap. IV - Suspensión de garantías, interpretación y aplicación
Artículo 27. 1. En caso de guerra, de peligro publico o de otra emergencia que amenace la independenciao seguridad del estado parte, este podrá adoptar disposiciones que, en la medida y por el tiempo estrictamente limitados a las exigencias de la situación, suspendan las obligaciones contraídas en...
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