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DEL COPASST
PROFESIONAL EN SALUD
OCUPACIONAL
LICENCIA EN SO-XXX
ARP SURA
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LEGISLACIÓN QUE APLICA AL COPASST
POR DONDE EMPEZAMOS
ARP SURA
¿QUÉ ES EL COMITÉ PARITARIO DE
SEGURIFDAD Y SALUD EN EL TRABAJO “COPASST”
Es una herramienta básicadel SISTEMA DE GESTIÓN DE LA
SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO SG-SST en las empresas.
Tiene como responsabilidad, la de ser un organismo de promoción y
vigilancia de las normas y reglamentos del SG-SST.
•
Además de la participación inteligente, organizada y creativa, en busca de
acuerdos con los directivos y responsables del SG-SST, intercambio de
información con diferentes niveles de laorganización y sustenta practicas
saludables, motivando a la adquisición de hábitos seguros.
NO SE OCUPA DE ASUNTOS:
PERSONALES, DISCIPLINARIOS, SINDICALES
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FUNCIONES DEL COPASST
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FUNCIONES
Según el artículo 11 de la Resolución 2013 del 86 y el art. 26 del Decreto
614 del 84, El COPASST tiene las siguientes funciones:
Vigilar el cumplimiento del SISTEMA DE GESTIÓN DE
SEGURIDAD YSALUD EN EL TRABAJO SG-SST e informar a las
autoridades de vigilancia y control cuando haya deficiencias en su
desarrollo.
Participar en actividades de promoción, divulgación, higiene y
seguridad entre patronos y trabajadores, fortaleciendo el desarrollo
del SG-SST.
Visitar periódicamente los lugares de trabajo e inspeccionar los
ambientes, máquinas, equipos, aparatos y operaciones e informaral empleador sobre la existencia de factores de riesgo y sugerir
medidas de prevención y control.
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RESOLUCION NUMERO 2013 JUNIO 6 DE 1986
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE
SALUD REPUBLICA DE COLOMBIA
"Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los
Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los
lugares de Trabajo.”
LOS MINISTERIOS DETRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Y DE
SALUD
En ejercicio de la facultad que les confiere el Artículo 25 del
Decreto 614 de 1984
ARP SURA
RESUELVE:
Articulo 1o.- Todas las empresas e instituciones, públicas o privadas que
tengan a su servicio diez (10) o más trabajadores, están obligadas a
conformar un Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial, cuya
organización y funcionamiento estará deacuerdo con las normas del
Decreto que se reglamenta y con la presente resolución.
Artículo 2o.- Cada Comité de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial
estará compuesto por un número igual de representantes del empleador
y de los trabajadores con sus respectivos suplentes, así:
De 10 a 49 trabajadores, un representante por cada una de las partes.
De 50 a 499 trabajadores, dos representantes porcada una de las
partes.
De 500 a 999 trabajadores, tres representantes por cada una de las
partes.
De 1000 o más trabajadores, cuatro representantes por cada una de
las partes.
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A las reuniones del Comité sólo asistirán los miembros principales. Los
suplentes asistirán por ausencia de los principales y serán citados a las
reuniones por el Presidente del Comité.
Artículo 3o. Lasempresas o establecimientos de trabajo que tengan a su
servicio menos de 10 trabajadores, deberán actuar en coordinación con
los trabajadores para desarrollar bajo la responsabilidad del empleador el
programa de Salud Ocupacional de la empresa.
Artículo 4o. La empresa que posea dos o más establecimientos de
trabajo, podrá conformar varios Comités de Medicina, Higiene y
Seguridad Industrial para elcumplimiento de lo dispuesto en esta
Resolución, uno por cada establecimiento, teniendo en cuenta su
organización interna.
Parágrafo: Cada Comité estará compuesto por representantes del
empleador y los trabajadores según el Artículo 2o. de esta Resolución,
considerando como número total de trabajadores a la suma de la
empresa en respectivo municipio y municipios vecinos.
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COMITES DE...
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