21904Vacunacion Antiaftosa Y Antibrucelica

Páginas: 20 (4794 palabras) Publicado: 26 de abril de 2015
Resolución 799/2006 - SENASA
Apruébase el "Manual de Procedimientos para la Aplicación Simultánea de las Vacunas Antiaftosa y Antibrucélica”.

Bs. As., 8/11/2006
VISTO
el Expediente Nº S01:0325893/2005 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION; las Leyes Nros. 3959, 24.305 y 24.696; los Decretos Nros. 643 del 19 de junio de 1996 y 1585 del 19 de diciembre de 1996; las ResolucionesNros. 33 del 4 de enero de 2002, 150 del 6 de febrero de 2002, 623 del 23 de julio de 2002, todas del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, 574 del 29 de junio de 1988 de la ex-Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, 108 del 16 de febrero de 2001 de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación, y

CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 24.305 y su DecretoReglamentario Nº 643 del 19 de junio de 1996 se implementó el Programa Nacional de Lucha contra la Fiebre Aftosa. Que por Ley Nº 24.696 se declaró de interés nacional el control y la erradicación de la enfermedad reconocida como Brucelosis en la especie bovina. Que, por su parte, el artículo 7º de la Ley Nº 24.305 y el artículo 10 de la Ley Nº 24.696 convalidaron las fundaciones y entes localesde lucha sanitaria existentes en el marco de la Resolución Nº 574 del 29 de junio de 1988 de la ex- Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca.
Que la Resolución Nº 108 del 16 de febrero de 2001 de la ex- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación creó el Registro de Entes Sanitarios Locales, cuya función es la de ejecutar las acciones que se encuentren contenidas en losdiferentes programas sanitarios, con acuerdo expreso de este Servicio Nacional.
Que la Resolución Nº 33 del 4 de enero de 2002 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria dispuso que la supervisión oficial de los Entes Sanitarios Locales, fuese ejercida por las Oficinas Locales de este Organismo.
Que la Resolución Nº 150 del 6 de febrero de 2002 del Servicio Nacional de Sanidad yCalidad Agroalimentaria, estableció que las campañas de vacunación antibrucélica, fueran efectuadas en forma simultánea con las campañas de vacunación antiaftosa.
Que la Resolución Nº 623 del 23 de julio de 2002 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, determinó que el personal del Grupo Operativo propuesto por el Ente Sanitario y autorizado por el SENASA, fuese el responsable delmanejo y de la aplicación de la vacuna antiaftosa y antibrucélica.
Que resulta imprescindible lograr la uniformidad del procedimiento que desarrolla el personal encargado de efectuar la vacunación simultánea.
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.
Que el suscripto es competente para dictar la presente en virtud de lo dispuesto en los artículos 2º de laLey Nº 24.305, 12 de la Ley Nº 24.696, y 8º, incisos c) y h) del Decreto Nº 1585 del 19 de diciembre de 1996, sustituido por su similar Nº 680 del 1º de septiembre de 2003.

Por ello,
El Presidente del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria
Resuelve:

Artículo 1º — Apruébase el “Manual de Procedimientos para la Aplicación Simultánea de las Vacunas Antiaftosa y Antibrucélica”que, como Anexo I, forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2º — Para la ejecución del Plan de Vacunación simultánea, el personal indicado en el artículo 3º de la Resolución Nº 623 del 23 de julio de 2002 del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria, deberá cumplir con las previsiones del Manual aprobado por el artículo precedente, y la normativa que regule losPlanes de Vacunación contra la Fiebre Aftosa y Brucelosis.

Artículo 3º — Créase en el ámbito del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria el Registro de Vacunadores, en el cual se inscribirán los vacunadores propuestos por cada Ente Sanitario Local, a los fines dispuestos en el artículo 3º de la Resolución SENASA Nº 623/2002.

Artículo 4º — Establézcase como condición previa a la...
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