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Páginas: 34 (8322 palabras) Publicado: 6 de marzo de 2015
Proceso No 22333


CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL


Magistrada Ponente:
MARINA PULIDO DE BARÓN
Aprobado Acta No. 087.


Bogotá, D.C., noviembre diez (10) de dos mil cinco (2005)

VISTOS

La Sala se pronuncia de fondo sobre el libelo de casación presentado por el defensor del procesado ÁNGEL LEONIDAS CAMELO GARZÓN, contra la sentencia de segunda instancia proferida por elTribunal Superior Militar el 11 de diciembre de 2003, confirmatoria de la dictada en primer grado por el Inspector General de la Policía Nacional en su condición de Juez de Primera Instancia, mediante la cual fue condenado como autor penalmente responsable del delito de concusión.


La Procuradora Segunda Delegada para la Casación Penal solicita en su concepto casar el fallo impugnado y, enconsecuencia, decretar la nulidad de lo actuado a partir de la resolución de acusación ante la presencia de error en la calificación jurídica del comportamiento investigado.
HECHOS Y ACTUACIÓN PROCESAL

Aproximadamente a las 5:30 de la mañana del 9 de febrero de 2003, con ocasión de un operativo de rutina adelantado por agentes de tránsito frente a la Finca Flespor, ubicada en Facatativá, se estableció queel bus de placas AAC103, conducido por Luis Alberto Arévalo Babativa transitaba con sobrecupo. Cuando el agente ÁNGEL LEONIDAS CAMELO GARZÓN le informó al conductor que le impondría el respectivo comparendo, éste le dijo “que mejor le daba para el tinto” y que no le impusiera ninguna sanción.


No obstante, una vez elaborado el comparendo, el agente CAMELO GARZÓN se lo entregó al conductor y lesuministró su número de teléfono celular para que lo llamara más tarde. Cuando Luis Alberto Arévalo llamó al referido servidor público, éste le dijo que se encontraran a las diez de la mañana en Funza frente a las oficinas del Megabanco, a ver en qué lo podía ayudar.


Dado que el conductor puso en conocimiento de las autoridades los hechos narrados, se dispuso un operativo que culminó con laaprehensión del agente ÁNGEL LEONIDAS CAMELO GARZÓN en el momento en que recibía la suma de sesenta mil pesos ($60.000) de manos de aquél y destruía el mencionado comparendo.
El Juzgado Ciento Cincuenta y Uno de Instrucción Penal Militar declaró abierta la investigación, en desarrollo de la cual vinculó mediante indagatoria a ÁNGEL LEONIDAS CAMELO GARZÓN, resolviéndole su situación jurídica con medidade aseguramiento de detención preventiva sin derecho a libertad provisional como posible autor del concurso de delitos de concusión y destrucción u ocultamiento de documento público.

Remitidas por competencia las diligencias a la Fiscalía de Instrucción Penal Militar, dispuso el cierre del ciclo instructivo y el 2 de mayo de 2003 profirió resolución de acusación en contra del procesado comoprobable autor del ilícito de concusión, providencia que fue confirmada el 26 de junio siguiente por la Fiscalía Delegada ante el Tribunal Superior Militar al desatar el recurso de apelación interpuesto por la defensa.

La etapa del juicio fue adelantada por el Juez de Primera Instancia, Inspector General de la Policía Nacional, quien una vez surtido el rito dispuesto por el legislador, profirió falloel 28 de octubre de 2003, por cuyo medio condenó al acusado a la pena de seis (6) años de prisión, multa de cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilidad para el ejercicio de derechos y funciones públicas por cinco (5) años como autor penalmente responsable del delito objeto de acusación.

Impugnado el fallo adverso por la defensa, el Tribunal Superior Militar lo confirmómediante sentencia del 11 de diciembre de 2003, la cual es ahora objeto de impugnación extraordinaria por el defensor de ÁNGEL LEONIDAS CAMELO.

Admitido el libelo de casación y surtido el traslado correspondiente al Ministerio Público, se obtuvo concepto de la Procuradora Segunda Delegada para la Casación Penal.

El procesado obtuvo su libertad condicional mediante decisión adoptada el 26 de...
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