accion de tutela
MEDIO DE DEFENSA ALTERNATIVO-Tiene que ser materialmente apto para lograr que los derechos fundamentales en juego sean efectivamente protegidos
PREVALENCIA DEL DERECHO SUSTANCIAL-La sola existencia formal y abstracta de un medio de defensa no satisface por si misma la garantía de protección de los derechos
JUEZ-Debe valorar si el medio de defensa judicial existentecumple con los requisitos de idoneidad y eficacia
ACCION DE TUTELA-Pretende propugnar por el diseño de una política integral de Estado que garantice los derechos fundamentales de las víctimas de los procesos de la ley de justicia y paz
ACCION DE CUMPLIMIENTO EN MATERIA DE LEY DE JUSTICIA Y PAZ-Medio inidóneo para la protección de derechos fundamentales de las víctimas
ACCION DECUMPLIMIENTO-Improcedencia cuando los derechos invocados o comprometidos sean garantizados a través de la acción de tutela/DEBER DEL JUEZ-Optar por la acción de tutela como mecanismo idóneo cuando se plantea una eventual afectación iusfundamental
SEGURIDAD PERSONAL-Derecho constitucional fundamental
CONSTITUCION POLITICA-Establece el deber primordial de protección en cabeza del Estado/AUTORIDADCOLOMBIANA-Instituida para brindar protección a las personas, resguardando su vida, honra, bienes, creencias y demás derechos y libertades/VIDA E INTEGRIDAD PERSONAL-Derechos básicos para la existencia misma de las personas/LABOR PROTECTIVA DE LAS AUTORIDADES-Proveer de manera efectiva las condiciones mínimas de seguridad que posibilitan la existencia de los individuos en sociedad sin estar expuestos ariesgos extraordinarios de recibir daños en su persona
SEGURIDAD PERSONAL-Sujeción de las personas a determinados riesgos inaceptables
El Constituyente, al regular diversas manifestaciones de la seguridad personal en contextos de la vida ordinaria, proscribió explícitamente la sujeción de las personas a determinados riesgos que consideró inaceptables: “el riesgo de ser sometidas a tortura,desaparición forzada, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, el riesgo de ser sometidas a esclavitud, servidumbre o trata (art. 17, C.P.), el riesgo de ser molestadas por sus convicciones o creencias (art. 18, C.P.), el riesgo de ser molestadas directamente en su persona o en su familia (art. 28, C.P.), el riesgo de ser objeto de persecución en forma tal que deban buscar asilo (art. 34,C.P.), los múltiples riesgos a los que están expuestos los niños, entre ellos los peligros patentes de “toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos” (art. 44, C.P.), los múltiples riesgos a los que se enfrentan las personas de la tercera edad, especialmente en casos de mala alimentación (art. 46), o losinnegables peligros a los que están sometidos quienes desarrollan actividades periodísticas en nuestro país (art. 73)”.
DERECHO A LA SEGURIDAD PERSONAL-Reconocimiento y protección constituyen obligaciones internacionales para el Estado colombiano
DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS-Establece que todo individuo tiene derecho a la vida, libertad y seguridad personal
CONVENCION AMERICANADE DERECHOS HUMANOS-Pacto de San José establece que toda persona tiene derecho a la libertad y seguridad personales
PACTO INTERNACIONAL DE DERCHOS CIVILES Y POLITICOS-Dispone que todo individuo tiene derecho a la libertad y seguridad personales
DERECHO A LA SEGURIDAD PERSONAL-Alcance constitucional
Al determinar el alcance del derecho a la seguridad personal en el orden constitucionalcolombiano, a la luz de los instrumentos internacionales reseñados, la Corte señaló: (i) El derecho a la seguridad personal está incorporado al ordenamiento jurídico colombiano en virtud de los artículos de la Constitución citados e interpretados a la luz de los instrumentos de derechos humanos ratificados por Colombia que crean obligaciones internacionales para el país (artículos 93 y 94 de la...
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