ADJUDICACION DIRECTA ANALISIS
DE COMERCIO
El Código de Comercio establece en primer término
la adjudicación de los bienes embargados de la siguiente
manera.
Los
artículos
1410,1411
y
1412
del
Código
de
Comercio, preceptúan que a virtud de la sentencia de
remate se procede a la venta de los bienes secuestrados,
previo avalúo hecho por dos corredores o peritos y untercero en caso de discordia, nombrados aquellos por las
partes y este por el Juez. Una vez presentado el avalúo
debe
notificarse
a
las
partes
para
que
concurran
a
imponerse de aquel, y seanunciará en forma legal la
venta por tres veces, dentro de tres días, si fuesen
muebles y dentro de nueve si fuesen raíces, rematándose
enseguida en pública almoneda y al mejor postor conforme
a derecho.Cuando no se presente postor, entonces el acreedor
podrá pedir la adjudicación de ellos por el precio que
para
subastarlos
se
les
haya
fijado
en
la
última
almoneda.
En
segundo
término,
seestablece
una
forma
de
adjudicación directa de los bienes embargados, la que se
encuentra
prevista
en
el
artículo
1412
bis
el
cual
establece “cuando el monto líquido de la condena fueresuperior al valor de
los bienes embargados, previamente valuados en términos del artículo 1410 de este
Código, y del certificado de gravámenes no aparecieren otros acreedores, el
ejecutante podráoptar por la adjudicación directa de los bienes que haya en su
favor al valor fijado en el avalúo”.
El señalado precepto establece la posibilidad de
que
el
ejecutante
pueda
optar
por
laadjudicación
directa de los bienes embargados, siempre que se reúnan
los siguientes requisitos:
1.- Que el monto líquido de la condena sea superior al
valor de los bienes embargados.
2.- Que los bienes materiade adjudicación se encuentren
previamente valuados y,
3.- Que del certificado de gravámenes no aparecieren
otros acreedores.
El
precepto
correcta
materia
interpretación
de
para
estudio
su...
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