Agrario
En efecto, en suartículo 8º la Ley Lerdo excluía de la desamortización a “los ejidos y terrenos destinados al servicio público de las poblaciones a que pertenezcan”. Sin embargo, en el artículo 27 de la Constitución de1857 ya no se incluyó ese “candado” de la Ley Lerdo. Eso implicó que las tierras ejidales de los pueblos sí podrían ser objeto de denuncia y compra por parte de los particulares que se hicieran pasarcomo posesionarios o arrendatarios.
Las voces discordantes en el Congreso Constituyente fueron las de los diputados Ponciano Arriaga, José Ma. Del Castillo Velasco e Isidoro Olvera. El primeropronunció sin éxito un encendido y razonado discurso tendiente a limitar la propiedad de la tierra y propuso que se afectaran las fincas rústicas, para dotar con tierra a las poblaciones que carecieran deella, lo que iba en contra de los principios del liberalismo dominante en el Congreso. Según los liberales, uno de los principales problemas del país era la existencia de muchos grupos indígenas, concostumbres y autoridades propias y una economía de subsistencia cerrada al mercado nacional. El atraso y aislamiento de los indios se debían al usufructo comunitario de sus tierras, lo que debilitabalas aspiraciones de progreso y los esfuerzos individuales. Por eso se postuló la expropiación de los ejidos, y las tierras de proprios y de repartimiento, que podrían ser adquiridas en proprios y derepartimiento, que podrían ser adquiridas en propiedad plena por quienes las usufructuaban, e incluso por personas ajenas a la comunidad “desamortizada”.
En diversos estudios se afirma que el...
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