Amicus Idl
Caso La Cantuta
En La
Corte Interamericana de Derechos Humanos
Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh)
Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL)
En representación de los Peticionarios
vs.
Perú
(Demandado)
Amicus Curiae presentado por
Instituto de Defensa Legal (IDL)
A favor de los peticionarios
Contacto:
Instituto de Defensa Legal
Manuel VillavicencioNº 1191, Lince
Lima
PERU
ÍNDICE
INTRODUCCIÓN Y RESUMEN DEL ARGUMENTO
INTERÉS DEL AMICUS CURIAE
DESCRIPCIÓN DEL CASO
I. Contexto de violaciones a los derechos humanos bajo la administración de Alberto Fujimori Fujimori
II. El caso La Cantuta
III. La pretensión de impunidad
ARGUMENTO
I. La sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos declaró que las leyes de autoamnistía carecende efectos jurídicos.
II. Con base en las referidas sentencias de la Corte, el Ministerio Público y el Poder Judicial han declarado que las leyes de autoamnistía no constituyen obstáculo para el inicio de investigaciones, juzgamiento y sanción de violadores a los derechos humanos.
III. El Tribunal Constitucional, máximo intérprete de la Constitución, ha declarado la improcedencia de losobstáculos procesales para sancionar las violaciones a los derechos humanos y la aplicación directa de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
IV. Las normas peruanas reconocen el carácter autoaplicativo de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos humanos en lo concerniente a las obligaciones suscritas por el Perú en esa materia.
V. Al ser un vehículo deperpetuación de la impunidad y transgredir la garantía de los derechos humanos, límite infranqueable al poder estatal, las leyes de autoamnistía son inexistentes.
VI. La falta de necesidad de adopción por el Estado de Perú de medida adicional en el derecho interno
CONCLUSIÓN
AMICUS CURIAE DE
INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL
A FAVOR DE LOS PETICIONARIOS
INTRODUCCIÓN Y RESUMEN DEL ARGUMENTO
1. Los hechos delcaso que nos ocupa (presentados infra) y los argumentos propuestos por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y los peticionarios demuestran que el Estado peruano es responsable internacionalmente por la violación de los derechos al reconocimiento de la personalidad jurídica (artículo 3), a la vida (artículo 4.1), a la integridad personal (artículo 5.1, 5.2), a la libertad personal(artículo 7.1, 7.2, 7.3, 7.4, 7.5, 7.6), a las garantías procesales (artículo 8.1), a la protección judicial (artículo 25.1) así como por el incumplimiento de las obligaciones de respeto y garantía (artículo 1.1) y de adecuación de su derecho interno (artículo 2), consagrados en la Convención Americana, en perjuicio de Hugo Muñoz Sánchez, Dora Oyague Fierro, Felipe Flores Chipana, Marcelino RosalesCárdenas, Bertila Lozano Torres, Luis Enrique Ortiz Perea, Armando Richard Amaro Cóndor, Robert Edgar Teodoro Espinoza, Heráclides Pablo Meza y Juan Gabriel Mariños Figueroa.
Igualmente, demuestran que el Estado peruano es responsable internacionalmente por la violación a la integridad personal (artículo 5.1, 5.2), a las garantías procesales (artículo 8.1), y a la protección judicial artículos 7.6 y25.1) así como por el incumplimiento de las obligaciones de respeto y garantía (artículo 1.1) y de adecuación de su derecho interno (artículo 2), consagrados en la Convención Americana, en perjuicio de los familiares de las víctimas.
2. En este contexto, presentamos este documento con el objetivo de tratar la cuestión particular de la naturaleza que se debe conceder a las leyes de autoamnistía N°26479 y N° 26492, expedidas por el Estado peruano en 1995.
Con base en las sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos recaídas en el caso Barrios Altos, que declaran, con carácter general, que las leyes de autoamnistía carecen de efectos jurídicos; en una práctica consistente y uniforme del Ministerio Público y el Poder Judicial peruanos en el sentido que tales leyes de...
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