analisis de sentencias judiciales
CARMEN MARIA DE LA ROSA BARCELO
JULIO CESAR ZARATE ARAGON
UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR
ESPECIALIZACION DERECHO ADMINISTRATIVO
PROMOCION 29
BARRANQUILLA
2013
LA CONCILIACIÓN COMO UNO DE LOS MECANISMOS ALTERNOS EN LA SOLUCIÓN DE CONFLICTO.
CARMEN MARIA DE LAROSA BARCELO
JULIO CESAR ZARATE ARAGON
UNIVERSIDAD SIMON BOLIVAR
ESPECIALIZACION DERECHO ADMINISTRATIVO
PROMOCION 29
BARRANQUILLA, 2013
INTRODUCCIÓN
Al desarrollar el presente tema, hemos querido hacer un pequeño aporte práctico y sencillo para la rápida comprensión del lector en este ensayo que lo hemos titulado conciliación como mecanismo alterno enla solución de conflictos en materia de contratación estatal.
Resulta una problemática para la sociedad contemporánea la proliferación y acumulación de demandas en los despachos judiciales factor este que perturba la paz judicial que se venía llevando en la justicia colombiana.
La conciliación hace varios años atrás era inconcebible en los asuntos en los que el estado fuera parte, primeroclaro está por la estructura de la constitución política de Colombia, que impedía hacer reconocimientos que previamente no obedecieran a una sentencia y en segundo punto por la mentalidad de nuestros funcionarios públicos, al encontrarse temerosos frente a una investigación penal en su contra por el mal manejo de los recursos del estado, pero al nacer a luz jurídica la ley 23 de 1991, la cual erapara descongestionar los despachos judiciales y empieza a introducirse este mecanismo de conciliación en asuntos asignados al conocimiento de lo contencioso administrativo, pero solo para ciertos conflictos de interés, que fuera de carácter particular y de contenido patrimonial.
La ley 640 de 2001, autoriza la conciliación en los asuntos relacionados con la acción de nulidad y restablecimientodel derecho, reparación directa y controversias contractuales siempre y cuando afecte el patrimonio y sea de carácter particular, por lo que en materia contractual se ven tres clases de conciliación que podemos vislumbrar como son la prejudicial, la judicial y la originaria en la liquidación del contrato, primero que todo la prejudicial se atiende a la regla general ante el procurador delegadoante la jurisdicción contenciosa, la judicial se lleva a cabo dentro del proceso que se haya originado en ejercicio de la acción de reparación directa, la originada en la liquidación del contrato cuando se efectué por mutuo acuerdo, esta ultima encierra una forma de transacción donde las partes hacen reconocimientos y hacen renuncias de parte de sus pretensiones, por lo que la ley 1285 de 2009autoriza que si es procedente conciliar sobre actos administrativos que se expidan con ocasión de la actividad contractual.
Por lo tanto, quienes afronten un conflicto de interés que esté relacionado, para el caso de la jurisdicción contenciosa administrativa, con las acciones de reparación directa y de controversias contractuales, deben procurar su solución previamente con la ayuda de un conciliadorautorizado ante el procurador delegado, por lo que a partir de la vigencia de la ley 640 de 2001, ninguna demanda podía ser presentada ante el juez si antes no se había dado trámite a la audiencia de conciliación para aquellos asuntos que sean conciliables.
El estado colombiano ha venido implementando una difusión de la conciliación como mecanismo alterno en la solución de conflictos yespecíficamente en materia de contratación estatal lo cual ha ido a acompañado de una de una labor educativa en las universidades, y como también a los abogados litigantes, un abogado conciliador que busca llegar a un acuerdo amigables, tolerante, sinceros y amables.
De lo anterior es bueno saber y dar a entender en este ensayo el papel tan importante que cumple el conciliador en materia...
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