Analizar Los Efectos De La Disolución De La Unión Concubinaria O Sociedad De Hecho En El Aspecto Económico, Para Los Concubinos Y Quiénes Pueden Ser Los Terceros Afectados

Páginas: 50 (12345 palabras) Publicado: 12 de octubre de 2012
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD BICENTENARIA DE ARAGUA
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
SAN ANTONIO DE LOS ALTOS

ANALIZAR LOS EFECTOS DE LA DISOLUCIÓN DE LA UNIÓN CONCUBINARIA O SOCIEDAD DE HECHO EN EL ASPECTO ECONÓMICO, PARA LOS CONCUBINOS Y QUIÉNES PUEDEN SER LOS TERCEROS AFECTADOSShirleyd Espinoza. CI: 6.877.503
José Luis Martínez. CI: 13.600.810
Marina Velásquez. CI: 12.146.571    
Rosa Amarista.CI: 16.255.879  
José Barrios. C.I. 7.979.703
JoséPerdomo. C.I. 9.256.782
Liliana Briceño. C.I. 11.414.903

San Antonio Julio de 2012

ÍNDICE GENERAL
pp.
INTRODUCCIÓN 1EL PROBLEMA……………………………………………………… 1
Objetivo General………………………………………………. 12
Objetivos Específicos…………………………………………… 12
Justificación12
Metodología de la Investigación………………………………. 15

CAPÍTULO I
ESTABLECER LOS ASPECTOS PATRIMONIALES QUE RECONOCE EL ESTADO VENEZOLANO EN CUANTO A LOS BENEFICIOS ECONÓMICOS DE LAS UNIÓNES DE HECHO, Y QUIÉNES SON LOS TERCEROS AFECTADOS…………………………………………..19

Aspectos Patrimoniales………………………………………………...20Aplicación de las Reglas de la Sociedad ya sea Civil o Mercantil…….28
Aplicación de las Reglas del Enriquecimiento Injusto………………...28
Intervención de Terceros……………………………………………….31

CAPÍTULO II
EXPLICAR EL ALCANCE DEL ARTÍCULO 77 DE LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA QUE EQUIPARA LA UNIÓN DE HECHO CON EL MATRIMONIO EN CUANTO A LOS EFECTOS QUE DEELLA SE DERIVAN……………………………………………………………………32

De los Efectos Civiles…………………………………………………..39
Terceros Afectados……………………………………………………..40
Acción Concubinaria Declarativa y Acumulación de Pretensiones…. 41

CONCLUSIONES…………………………………………………………. 47
MATERIALES DE REFERENCIA……………………………………… 50

INTRODUCCIÓNEl Problema

En Venezuela las uniones de hecho constituyen un fenómeno social que se ha extendido y que ha cobrado vigencia en casi todos los países del mundo, por lo que han logrado reconocimiento social y jurídico, a pesar de los cuestionamientos que gravitan a su alrededor, fundamentalmente por razones de orden moral o de orden religioso. No se trata de una forma de convivencia afectivade reciente instalación, en otras épocas de la humanidad ya existía en el plano social y gozaba de cierto reconocimiento jurídico.

En criterio de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (2005) esgrimió que el concubinato es un concepto jurídico, contemplado en el artículo 767 del Código Civil (2009), que lo caracteriza como una unión no matrimonial, por carecer de un actoconstitutivo formal, entre un hombre y una mujer solteros, viudos o divorciados, la cual está signada por la permanencia de la vida en común.

Desde el Derecho Romano el concubinato se presenta como una relación exclusiva entre un hombre y una mujer. Destacan los caracteres de la singularidad de la relación así como la heterosexualidad. Se excluye la relación poligámica la cual es aceptada por...
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