Anexo
LOS
PEDROCHES_SALOME
TRIVIÑO
1
Comunidad
de
bienes.
La
Comunidad
de
Bienes
(C.B.)
es
la
forma
más
sencilla
de
asociación
entre
autónomos
con
un
proyecto
común,
por
lo
que
es
una
opción
recomendable
para
pequeños
negocios.
Constitución
de
una
Comunidad
de
Bienes
Los
trámites
de
constitución
de
una
Comunidad
de
Bienes
son
similares
a
los
de
otras
formas
jurídicas:
primero
será
necesario
cerrar
un
acuerdo
entre
las
partes
y
después
acudir
a Hacienda,
la
Seguridad
Social
y
probablemente
el
Ayuntamiento
1.
Suscripción
del
contrato
de
constitución:
Firma
de
contrato
de
constitución
de
la
Comunidad
de
Bienes.
Puede
ser
en
documento
privado
o
público.
2.
Hacienda
• Obtención
del
CIF.
Se
debe
aportar
debidamente
cumplimentado
el
modelo
036,
fotocopia
del
D.N.I
del
firmante
y
fotocopia
del
documento
de
constitución.
• Liquidación
del
Impuesto
sobre
Transmisiones
Patrimoniales
y
Actos
Jurídicos
Documentados
que
grava
la constitución
de
la
comunidad
de
bienes
en
caso
de
que
se
aporten
bienes.
Sobre
esa
base
se
aplica
un
1%
del
valor
de
los
bienes
aportados.
• Alta
en
el
I.A.E.
Superados
estos
trámites,
la
creación
de
tu
Comunidad
de
Bienes
ya
es
efectiva.
Sin
embargo,
para
que
ésta
pueda
iniciar
su
actividad,
es
necesario
que
completes
una
serie
de
obligaciones
con
la
Seguridad
Social
y
el
Ayuntamiento
de
la
localidad
donde
hayas
fijado
la
dirección
social
de
tu
empresa,
tales
como
el
alta
en
el
Régimen
Especial
de
Trabajadores
Autónomos,
la
solicitud
del
número
de
patronal
en
caso
de
ir
a
contratar
trabajadores
o
la
solicitud
de
la
Licencia
de
apertura.
Sociedad
civil.
La
sociedad civil
es
una
sencilla
forma
de
asociación
entre
personas
con
un
proyecto
empresarial
común.
Consiste
en
un
contrato
privado
de
colaboración.
Constitución
de
una
Sociedad
Civil
El
paso
inicial
y
diferencial
para
constituir
una
sociedad
civil
es
la
firma
del
contrato
privado
entre
las
partes
o
contrato
de
constitución.
A
partir
de
ahí,
los
trámites
de
constitución
de
una
Sociedad
Civil
son
similares
a
los
de
las
demás
formas
jurídicas:
• Alta
en
Hacienda:
obtención del
CIF
y
alta
en
IAE,
modelo
036
• Impuesto
de
Transmisiones
y
Actos
Jurídicos
Documentados:
1%
del
valor
de
los
bienes
aportados
en
caso
de
que
estos
existan.
• Alta
en
La
Seguridad
Social:
alta
en
el
régimen
especial
de...
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