Art Culo 5
El mar territorial, el suelo y subsuelo marinos correspondientes. La extensióndel mar territorial, sus líneas de base, zona contigua, zona económica exclusiva y la plataforma continental serán establecidas y reguladas por la ley orgánica o por acuerdos de delimitación de fronteras marinas, en los términos más favorables permitidos por el Derecho del Mar.
El espacio aéreo sobre el territorio nacional, el espectro electromagnético y el espacio donde éste actúa. La leyregulará el uso de estos espacios de conformidad con las normas del Derecho Internacional. Los poderes públicos procurarán, en el marco de los acuerdos internacionales, la preservación de los derechos e intereses nacionales en el espacio ultraterrestre, con el objetivo de asegurar y mejorar la comunicación y el acceso de la población a los bienes y servicios desarrollados en el mismo.
Artículo 18.-Nacionalidad. Son dominicanas y dominicanos:
1) Los hijos e hijas de madre o padre dominicanos;
2) Quienes gocen de la nacionalidad dominicana antes de la entrada en vigencia de esta Constitución;
3) Las personas nacidas en territorio nacional, con excepción de los hijos e hijas de extranjeros miembros de legaciones diplomáticas y consulares, de extranjeros que se hallen en tránsito o residanilegalmente en territorio dominicano. Se considera persona en tránsito a toda extranjera o extranjero definido como tal en las leyes dominicanas;
4) Los nacidos en el extranjero, de padre o madre dominicanos, no obstante haber adquirido, por el lugar de nacimiento, una nacionalidad distinta a la de sus padres. Una vez alcanzada la edad de dieciocho años, podrán manifestar su voluntad, ante la autoridadcompetente, de asumir la doble nacionalidad o renunciar a una de ellas;
5) Quienes contraigan matrimonio con un dominicano o dominicana, siempre que opten por la nacionalidad de su cónyuge y cumplan con los requisitos establecidos por la ley;
6) Los descendientes directos de dominicanos residentes en el exterior;
7) Las personas naturalizadas, de conformidad con las condiciones y formalidadesrequeridas por la ley.
Los poderes públicos aplicarán políticas especiales para conservar y fortalecer los vínculos de la Nación dominicana con sus nacionales en el exterior, con la meta esencial de lograr mayor integración.
Artículo 19.- Naturalización. Las y los extranjeros pueden naturalizarse conforme a la ley, no pueden optar por la presidencia o vicepresidencia de los poderes del Estado, niestán obligados a tomar las armas contra su Estado de origen. La ley regulará otras limitaciones a las personas naturalizadas.
Artículo 20.- Doble nacionalidad. Se reconoce a dominicanas y dominicanos la facultad de adquirir una nacionalidad extranjera. La adquisición de otra nacionalidad no implica la pérdida de la dominicana.
Las dominicanas y los dominicanos que adopten otra nacionalidad,...
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