Art Culo 62 Y 63 De La Ley De Universidades
Son atribuciones del Consejo de la Facultad:
1.
Velar por el funcionamiento normal de la Facultad y por el cumplimiento cabal de todos sus fines;
2.
Coordinar las labore
s deenseñanza, de investigación, y las otras actividades académicas de la
Facultad, de acuerdo con lo dispuesto por el Consejo Universitario. En lo referente a la investigación
se tendrán en cuenta las pautasseñaladas por el Consejo de Desarrollo Científ
ico y Humanístico;
3.
Considerar el Proyecto de Presupuesto Anual de la Facultad, elaborado por el Decano con base en
las proposiciones presentadas porlas Escuelas e Institutos respectivos y con las líneas fijadas por los
organismos competentes;
4.
Prop
oner al Consejo Universitario la contratación de profesores y las condiciones del respectivocontrato, con base en las solicitudes de las Escuelas e Institutos correspondientes;
5.
Considerar los planes de enseñanza elaborados por las Escuelas respectivas
, y elevarlos, para su
aprobaciónfinal, al Consejo Universitario:
6.
Aprobar los programas de estudio elaborados por las Escuelas;
7.
Evacuar las consultas de carácter docente que le sean sometidas por el Consejo Universitario, elRector o el Decano;
8
.
Proponer al Consejo Universitario el nombramiento o remoción de los Directores de Institutos, y de
los Jefes de Departamentos y de Cátedras;
9.
Aprobar las solicitudes delDecano, de los Directores de Escuelas e Institutos referentes al
nombramiento y c
lasificación, así como los casos de ascenso, permiso, jubilación o pensiones, del
personal docente, de investigación yadministrativo de la respectiva Facultad;
10.
Instruir los expedientes relativos a las sanciones del personal docente y de investigación
, y decidir
en primera instancia;
11.
Elaborar los proyectosde Reglamento de la Facultad y presentarlos para su consideración al
Consejo Universitario;
12.
Informar y emitir opinión acerca de los expedientes sobre reválida de títulos, equivalencia de...
Regístrate para leer el documento completo.