Articulo 70
XXIII.- Velar por la expedita administración pública, evitando en todo caso procedimientos
innecesarios;
XXIV.- Atender con diligencia las instrucciones y resoluciones de la ContraloríaGeneral del Estado dictadas conforme a las disposiciones del presente ordenamiento
XXV.- Abstenerse de impedir, por sí utilizando cualquier medio, la formulación de quejas y denuncias; o que conmotivo de las mismas, realice cualquier conducta injusta u omita una justa y debida, que lesione los intereses de los quejosos o denunciantes
XXVI.- Proporcionar en forma oportuna y veraz, lainformación y datos solicitados por la institución a la que legalmente le competa la vigilancia y defensa de los derechos humanos, que ésta pueda cumplir con sus atribuciones
XXVII.- Abstenerse, enejercicio de sus funciones o con motivo de ellas, de celebrar contratos relacionados con adquisiciones, y mantenimiento de bienes muebles e inmuebles con quien desempeñe un empleo, cargo o comisión en elservicio público,
XXVIII.- Proporcionar, en tiempo y forma ante las dependencias competentes, la documentación comprobatoria de la aplicación de recursos económicos federales, estatales omunicipales, asignados a través de los planes y programas respectivos;
XXIX.- Proporcionar el apoyo, asistencia y atención que requiera el órgano de control interno de la dependencia, organismo auxiliar,fideicomiso o municipio, a efecto de que pueda cumplir con las atribuciones que le señalen las leyes, reglamentos.
XXX.- Abstenerse de intervenir como abogado, representante, apoderado, en laatención de asuntos de los que haya tenido conocimiento, tramitado o que se encuentren en el área en la cual se desempeñó como servidor público..
XXXI.- Abstenerse de realizar cualquier acto que...
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