Articulo 81 Del Codigo Laboral
JOSE ALBERTO GONZALEZ GUTIERREZ.
TEMA: ANÁLISIS DE LOS ÚLTIMOS 6 INCISOS
DEL ARTÍCULO 81 DEL
CÓDIGO DE TRABAJO DE COSTA RICA.
* g) cuando eltrabajador deje de asistir al trabajo sin permiso del patrono, sin causa justificada durante dos días consecutivos o durante más de dos días alternos dentro del mismo mes calendario.
* h) cuando eltrabajador se niegue de manera manifiesta y reiterada a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades. Al igual cuando el trabajador seniegue en igual forma a acatar en perjuicio del patrono las normas que éste o su representante en la dirección de los trabajos le indique con claridad para obtener la mayor eficacia y rendimiento enlas labores que se están ejecutando.
* i) cuando el trabajador, después de que el patrono lo aperciba por una vez, incurra en las causales previstas por los incisos a), b), c), d) y e), delartículo 72, los cuales dicen a continuación:
a. abandonar el trabajo en horas de labor sin causa justificada o sin licencia del patrono.
b. hacer durante el trabajo propagandapolítico-electoral o contraria a las instituciones democráticas de país, o ejecutar cualquier acto que signifique coacción de la libertad religiosa que establece la Constitución en vigor.
c. trabajar en estadode embriaguez o bajo cualquier otra condición análoga.
d. usar los útiles y herramientas suministrados por el patrono, para objeto distinto de aquel a que están normalmente destinados.
e.portar armas de cualquier clase durante las horas de labor, excepto en los casos especiales autorizados debidamente por las leyes, o cuando se tratare de instrumentos punzantes, cortantes opunzocortantes que formaren parte de las herramientas o útiles propios del trabajo.
* j) cuando el trabajador al celebrar el contrato haya inducido en error al patrono, pretendiendo tener cualidades,...
Regístrate para leer el documento completo.