articulos importantes del codigo federal de procedimientos penales
ARTÍCULO 38.- Cuando en las actuaciones esté acreditado el cuerpo del delito de que se trate, el funcionario que conozca delasunto dictará las providencias necesarias, a solicitud del interesado, para asegurar sus derechos o restituirlos en el goce de éstos, siempre que estén legalmente justificados. Si se tratare de cosas,únicamente podrán retenerse, esté o no comprobado el cuerpo del delito, cuando a juicio de quien practique las diligencias, la retención fuere necesaria para la debida integración de la averiguación.Si la entrega del bien pudiera lesionar derechos de tercero o del inculpado, la devolución se hará mediante caución bastante para garantizar el pago de los daños y perjuicios. La autoridad que conozcafijará la naturaleza y el monto de la caución, fundando y motivando su determinación, en vista de las circunstancias del caso.
CAPÍTULO VII CATEOS
ARTÍCULO 61.- Cuando en laaveriguación previa el Ministerio Público estime necesaria la práctica de un cateo, acudirá a la autoridad judicial competente, o si no la hubiere a la del orden común, a solicitar por cualquier medio ladiligencia, dejando constancia de dicha solicitud, expresando su objeto y necesidad, así como la ubicación del lugar a inspeccionar y persona o personas que han de localizarse o de aprehenderse, y losobjetos que se buscan o han de asegurarse a lo que únicamente debe limitarse la diligencia.
Al inicio de la diligencia el Ministerio Público designará a los servidores públicos que le auxiliarán enla práctica de la misma.
Al concluir el cateo se levantará acta circunstanciada, en presencia de dos testigos propuestos por el ocupante del lugar cateado o en su ausencia o negativa, por laautoridad que practique la diligencia; los servidores públicos designados por el Ministerio Público para auxiliarle en la práctica de la diligencia no podrán fungir como testigos de la misma.
Cuando...
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