Autorizacion Para Salir Del Pais Los Hijos
ART° 109 DEL CODIGO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
Los niños, niñas y adolescentes ecuatorianos y extranjeros y extranjeros residentes en el Ecuador que viajen fueradel país con uno de sus progenitores deben contar con la autorización del otro.
En caso de que viajen solos o con terceros requieren la autorización de los progenitores, salvó que uno de ellos estéprivado de la patria potestad; o en su defecto con la autorización de un juez.
Cuando viajen solos o en compañía de terceros, en la autorización de salida deberá constar:
* El motivo del viaje* El tiempo que permanecerán fueran del país
* El lugar preciso de su residencia en el extranjero.
Si se trata de salida por un tiempo superior a los seis meses, la autoridad que emitió laautorización la pondrá inmediatamente en conocimiento del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES COMERCIO E INTEGRACIÓN que deberá controlar permanentemente la localización, actividades y estado general delos niños, niñas y adolescentes que han salido del país en estas condiciones.
No se requiere autorización cuando viajan en compañía de los dos progenitores o uno de ellos cuente con la autorizacióndel otro constando en documento público y debidamente autenticado en caso de haber sido otorgado en país extranjero.
FORMAS DE OTORGAR LA AUTORIZACIÓN DE SALIDA
ART°110 º DEL CODIGO DE LA NIÑEZ YADOLESCENCIA
Él o los progenitores podrán otorgar la autorización de que trata el artículo anterior ante el juez o notario público.
En casos de negativa, ausencia o incapacidad del padre o de lamadre, el otro podrá solicitarla al juez, quien la otorgará o lo denegará, con conocimiento de causa, en un plazo no mayor a quince días.
CONCLUSIONES
* Sin la autorización de los padres o eljuez nadie puede sacar al menor del país.
* Los menores son responsabilidad de los padres por tal tienen que velar por su seguridad y si deben salir del país es necesario del permiso de...
Regístrate para leer el documento completo.