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Páginas: 23 (5617 palabras) Publicado: 29 de agosto de 2010
BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 109 Miércoles 5 de mayo de 2010 Sec. I. Pág. 39788

I.

DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
7133
Orden ITC/1142/2010, de 29 de abril, por la que se desarrolla el Reglamento regulador de la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación, aprobado por el Real Decreto 244/2010, de 5 demarzo.

La Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, ha llevado a cabo la transposición al ordenamiento español de la Directiva 2006/123/CE del Parlamento y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006, relativa a los servicios en el mercado interior, abriendo paso a un ejercicio de evaluación de toda la normativa reguladora del acceso a lasactividades de servicios y de su ejercicio, para adecuarla a los principios que dicha ley establece. Como consecuencia de ello, mediante la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, se ha modificado el artículo 42 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicacionesrelativo a la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación. En su nueva redacción el artículo 42 de la Ley 32/2003, de 3 de noviembre, General de Telecomunicaciones, establece que la prestación a terceros de servicios de instalación o mantenimiento de equipos o sistemas de telecomunicación se realizará en régimen de libre competencia mediante la presentaciónde una declaración responsable ante el Registro de empresas instaladoras de telecomunicación. El reglamento regulador de la actividad de instalación y mantenimiento de equipos y sistemas de telecomunicación aprobado por Real Decreto 244/2010, de 5 de marzo, ha desarrollado el contenido de la declaración responsable. En concreto, el artículo 2 del citado Reglamento establece que los interesados enla prestación de actividades de instalación o mantenimiento de equipos o sistemas de telecomunicación deberán, con anterioridad al inicio de la actividad, presentar ante el Registro de empresas instaladoras de telecomunicación, una declaración responsable, realizada por medios electrónicos, que versará, entre otros extremos, sobre la disponibilidad de los medios técnicos apropiados que, por ordendel Ministro de Industria, Turismo y Comercio, se determinen. Asimismo, la disposición final segunda del Real Decreto 244/2010, de 5 de marzo, autoriza al Ministro de Industria, Turismo y Comercio para dictar las normas que resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en el mismo. La presente orden desarrolla lo dispuesto en dicho reglamento estableciendo los diferentestipos de instalaciones en que se articula el registro de empresas instaladoras de telecomunicación y los medios técnicos necesarios exigibles para cada uno de los tipos. Igualmente, constituye el objeto de esta orden la aprobación, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 244/2010, de 5 de marzo, del modelo normalizado en que habrá de presentarse la declaración responsable de ejercicio de laactividad, del modelo a través del cual habrá de declararse la modificación de datos contenidos en la declaración responsable inicial y del modelo normalizado de boletín de instalación de telecomunicaciones. En su virtud, dispongo:
cve: BOE-A-2010-7133

Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 1. Constituye el objeto de esta orden el establecimiento de los diferentes tipos de instalaciones en losque se articula el Registro de empresas instaladoras de telecomunicación y la determinación de los medios técnicos necesarios exigibles, para cada uno de estos tipos, a quienes deseen desarrollar de forma estable en España, las actividades de instalación o de mantenimiento de equipos o sistemas de telecomunicación.

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
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