Banco central de la república argentina. modificación de las normas aplicables para la identificación de operaciones propias o de terceros. comunicación “a” 5000 y 5025.

Páginas: 2 (497 palabras) Publicado: 12 de marzo de 2010
A partir del día 04 de Enero de 2010, en todos aquellos casos de cheques librados “al portador” o a favor de una persona determinada (que posean o no la cláusula “No a la orden”), y que seanentregados por su beneficiario a un tercero - en adelante “gestor” - para cobrarlo por ventanilla, o bien para realizar el depósito del mismo en la cuenta del beneficiario, deberá consignarse al dorso lafirma de éste último, su aclaración y número de CUIT o DNI (en caso de que sea el mismo una persona física), junto con la leyenda “valor al cobro” o “para su gestión de cobro” como manifestación de losefectos de ese endoso, antes de que el gestor lo firme y coloque sus datos personales.
De esta manera, la entidad bancaria identifica quien es el real beneficiario del cheque, y quien es la personaencargada de su cobro o depósito; dejando en claro de que el gestor actúa en representación del beneficiario y no a título propio. Este “endoso en procuración” no implica una transmisión ni una cesiónde valor, sino un mandato por parte del beneficiario.
Por otro lado, las resoluciones en cuestión repasan una serie de elementos a tener en cuenta, en relación a la operatoria con cheques, a saber:• En relación a los endosos: los cheques comunes pueden tener un endoso como máximo, mientras que los cheques de pago diferido podrán contener hasta dos endosos.
• Aquellos cheques que posean lacláusula “no a la orden” podrán ser transmitidos por endoso, cuando se extienda:
o A favor de entidades financieras
o A favor de fiduciarios de fideicomisos financieros, en la medida en que se trate deoperaciones relativas al fideicomiso.
o Para su depósito en la Caja de Valores S.A., a los efectos de ser negociados en las Bolsas de Comercio y Mercados de Valores, en cuyo caso los endosos deberánser extendidos con la cláusula “para su negociación en Mercado de Valores”.
• La firma a insertarse en un cheque al solo efecto de su cobro o depósito no constituirá endoso.
• Los endosos...
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