buenas tareas
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR
INSTITUTO PEDAGOGICO DE BARQUISIMENTO
“LUIS BELTRAN PRIETO FIGUEROA”
PLANIFICACIÓN
Autores: Greski García
Oskary González
Norelbis Sánchez
Tutor: Mary Castañeda
Barquisimeto, Enero 2015
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
UNIVERSIDAD PEDAGOGICA EXPERIMENTAL LIBERTADORINSTITUTO PEDAGOGICO DE BARQUISIMENTO
“LUIS BELTRAN PRIETO FIGUEROA”
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PLANIFICACIÓN
Fecha CONTENIDOS Actividades Recursos Responsables Tiempo
27/01/2015
Genética Molecular:
-Definición.
-Ácidos Nucleicos.
-Autoduplicacion Semiconservativa del ADN y de los cromosomas.
-Factor Transformador.
-Código Genético.
-Síntesis de Proteínas.
-Mutaciones. Inicio:-Bienvenida al grupo por parte de Norelbis Sánchez y presentación del grupo expositor.
-Organización de cada estudiante en una computadora.
-Conversación sobre lo que es una Pagina Web y su utilización en el área educativa.
Desarrollo:
-Previa explicación del tema
-Explicación de los pasos de como ubicar la Página Web de Genética Molecular en el internet, el contenido y juegos que seaborda en la misma, por parte de Greski García y Oskary González y
-Ejecución por parte de los estudiantes de los juegos interactivos que se encuentran en la Página Web.
Cierre:
-Entrega de un instrumento por parte del Greski García a los estudiantes, con la finalidad de conocer los puntos de vista de cada uno de ellos sobre la Página Web de Genética Molecular.
Computadora, Internet.Computadora, Internet.
Instrumento, Lápiz.
10min
20min
10min
NORMAS RELATIVAS A LA DOTACIÓN Y EQUIPAMIENTO BÁSICO Y ESPECIALIZADO DE LOS CUERPOS DE POLICÍA EN SUS DIVERSOS ÁMBITOS POLÍTICO TERRITORIALES
Gaceta Oficial Nº 39.415 del 3 de mayo de 2010
REPÚBLICABOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES Y JUSTICIA
DESPACHO DEL MINISTRO
Nº 137
FECHA: 03 DE MAYO DE 2010
200º y 151º
El Ministro del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, designado según Decreto Nº 6.398 de fecha 9 de septiembre de 2008, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.012 de lamisma fecha, en ejercicio de las atribuciones que le confiere lo dispuesto en los numerales 2, 12 y 19 del artículo 77 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública en concordancia con lo establecido en el artículo 18 numerales 3, 6 y 17 de la Ley Orgánica del Servicio de Policía y del Cuerpo de Policía Nacional Bolivariana y con lo previsto en el artículo 7,numerales 2 y 3 del Decreto sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional,
CONSIDERANDO
Que es deber del Estado Venezolano garantizar la seguridad de las personas y sus bienes, en los distintos ámbitos político territoriales, mediante la formulación de políticas públicas, estrategias y directrices, a fin de regular y coordinar la actuación del Cuerpo de PolicíaNacional Bolivariana y demás Cuerpos de Policía estadales y municipales,
CONSIDERANDO
Que los funcionarios y funcionarias policiales, requieren de un equipamiento básico individual, para el cumplimiento a cabalidad de la función policial, la protección de su integridad física y la de los ciudadanos y ciudadanas, así como, para el control del orden público, que permita el adecuado desempeño de susfunciones,
CONSIDERANDO
Que los cuerpos de policía en sus diversos ámbitos político territoriales, deben poseer unidades móviles acordes a la topografía, a las condiciones de funcionalidad y al equipamiento respectivo,
CONSIDERANDO
Que los cuerpos de policía en sus diversos ámbitos político territoriales, requieren de equipos de comunicaciones en cantidad y calidad adecuadas...
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