Nosotros, , venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V, civilmente hábiles, con domicilio en esta ciudad de Mérida, Estado Mérida, DECLARAMOS: Que teniendoproyectado contraer matrimonio en esta ciudad, por el presente documento establecemos las siguientes capitulaciones matrimoniales de conformidad con lo establecido en el artículo 143 del Código Civilvenezolano vigente y que han de regir nuestros bienes individuales después de celebrado el matrimonio y de acuerdo a lo establecido en las siguientes cláusulas: PRIMERA: De común acuerdo hemos convenido enadoptar la separación absoluta de patrimonios que cada uno sea titular o propietario antes de la celebración del matrimonio, por lo que no tendrá dicho acuerdo consecuencia durante el régimen deComunidad de Gananciales previsto en el artículo 148 y siguientes del Código Civil venezolano. SEGUNDA: Cada cónyuge conservará y será siempre de su patrimonio exclusivo tanto los bienes que posea comotitular o propietario así como los frutos civiles, dividendos, rentas, intereses, donaciones, testamentos, indemnización por accidentes o por seguros de vida y cesiones que llegaren a producir, asícomo los bienes que cada uno adquiera en lo adelante durante el matrimonio con dinero proveniente de la enajenación o inversión de los bienes que actualmente le pertenecen o con dinero proveniente delos frutos, dividendos rentas, intereses, donaciones, testamentos, indemnización por accidentes o por seguros de vida y cesiones de dichos bienes. Igualmente serán de la exclusiva propiedad de cadauno de los cónyuges los frutos, rentas, intereses, donaciones, testamentos, indemnización por accidentes o por seguros de vida y cesiones de los bienes que llegaren a adquirir con posterioridad condinero proveniente de la enajenación o inversión de los bienes que actualmente posea como titular o propietario cada uno de los cónyuges, o provenientes de rentas, intereses, donaciones, testamentos,...
Leer documento completo
Regístrate para leer el documento completo.