CARTILLA DERECHO LABORAL
Sala Administrativa
ESCUELA JUDICIAL
“RODRIGO LARA BONILLA”
DERECHO LABORAL INDIVIDUAL
Módulo de Aprendizaje Autodirigido
Plan de Formación de la Rama Judicial 2009
CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA
SALA ADMINISTRATIVA
JORGE ANTONIO CASTILLO RUGELES
Presidente
RICARDO HERNANDO MONROY CHURCH
Vicepresidente
JESAEL ANTONIO GIRALDO CASTAÑOHERNANDO TORRES CORREDOR
FRANCISCO ESCOBAR HENRÍQUEZ
JOSÉ ALFREDO ESCOBAR ARAÚJO
Magistrados
ESCUELA JUDICIAL
“RODRIGO LARA BONILLA”
GLADYS VIRGINIA GUEVARA PUENTES
Directora
ALEJANDRO PASTRANA ORTIZ
Coordinador Académicos del Área Civil
TABLA DE CONTENIDO
1. DERECHO LABORAL INDIVIDUAL
La solidaridad laboral del beneficiario o dueño de la obra
1.1. OBJETIVO GENERAL
3-Determinar la naturaleza y el alcance del principio de la “primacía de la
realidad”.
1.3. EL “CONTRATO-REALIDAD”
1.3.1. CONCEPTO
1.3.2. ELEMENTOS DEL CONTRATO DE TRABAJO
1.3.2.1. CAPACIDAD
1.3.2.2. CONSENTIMIENTO
1.3.2.3. OBJETO:
1.3.2.4. CAUSA
1.3.3. LA TEORÍA DE LA RELACIÓN DE TRABAJO
1.3.3.1. CONTRATO DE TRABAJO Y RELACIÓN DE TRABAJO
1.3.3.2. ELEMENTOS ESENCIALES DE LA RELACIÓN DE TRABAJO1.3.3.3. NUEVAS FORMAS DE TRABAJO
1.3.4. COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
1.3.4.1. CONCEPTO
1.3.4.2. MARCO LEGAL
1.3.4.3. PARTICULARIDADES DE LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
1.3.4.4. PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE LAS COOPERATIVAS DE TRABAJO
ASOCIADO Y LAS EMPRESA DE SERVICIOS TEMPORALES
1.3.4.5. LA DESREGULACIÓN Y SUBCONTRATACIÓN LABORAL
“Quiere lo anterior decir que cuando porrazones del servicio sea necesario
vincular a alguien para la ejecución de una actividad de carácter permanente
del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios,
vale decir, una de las funciones que deben ser cumplidas siempre y no de
manera puramente transitoria, deberá el nominador, de acuerdo con lo que
disponga la ley, nombrarlos previo concurso, o de maneralibre, para quienes no
son de carrera administrativa, o deberá celebrar el patrono con ellos un
contrato de trabajo; mas lo que sí resulta notoriamente improcedente e ilegal,
es acudir al contrato administrativo de prestación de servicios para encubrir una
relación de trabajo.
“Tratándose de relaciones de trabajo, la prevalencia de la realidad sobre las
formalidades establecidas por lossujetos de la relación laboral no es una
novedad de la actual Constitución Política, sino un principio protector del
trabajo humano subordinado, que desde antes de 1991 tenía expresa
consagración legal y pleno reconocimiento por parte de la jurisprudencia y
doctrina nacionales”
Cualquier trabajador de la entidad sin importar su jerarquía.
1.4. ACTIVIDADES PEDAGÓGICAS
1.5. AUTOEVALUACIÓN
CASOSPRÁCTICOS
2) Acerca del salario integral
3) Acerca del salario integral
5) Acerca de la responsabilidad solidaria y las Cooperativas de Trabajo Asociado
6) Acerca de la maternidad
Sentencias altas Cortes y conceptos Ministerio de la Protección Social
PRIMACÍA DE LA REALIDAD
Conceptos Ministerio de la Protección Social
Corte Constitucional
Constitucionalidad
CONTRATO DE PRESTACIÓN DESERVICIOS
Tribunal Superior de Antioquia
Rad. P2600404 del 30 de septiembre de 2.004 M.P. Juan Gerardo Zuluaga
Aramburo
EMPRESAS DE SERVICIOS TEMPORALES
Corte Constitucional
Corte Suprema de Justicia
COOPERATIVAS DE TRABAJO ASOCIADO
Corte Constitucional
T-002 de 2.006 M.P. Jaime Córdoba Triviño
IUS VARIANDI
Corte Constitucional
SOLIDARIDAD LABORAL
Corte Suprema de Justicia
SALARIOINTEGRAL
1. DERECHO LABORAL INDIVIDUAL
El módulo se abordará desde la perspectiva didáctica del aprendizaje individual de
“autoformación dirigida”, enfoque pedagógico que fue propuesto por parte de la Escuela
Judicial Rodrigo Lara Bonilla. Como fundamento del tratamiento de cada uno de los
temas siempre aparecerá el componente constitucional, debido a la transformación de
la función del...
Regístrate para leer el documento completo.