Caso de Daños y perjuicios

Páginas: 52 (12860 palabras) Publicado: 7 de febrero de 2014

2006 JTS 158
169 DPR 135
[PAG. 256]
Ana Teresa López y otros, Demandantes-Peticionarios
v.
Leonor Porrata Doria y otros, Demandados-Recurridos
v.
Jessica Lugo Porrata Doria y otros,
v.
Ricardo J. Calderón López y otros, Demandados-Peticionarios
v.
Leonor Porrata Doria y otros, Terceros Demandados-Recurridos
Núm. CC-2000-694
Certiorari procedente del Tribunal de Apelaciones RegiónJudicial de San Juan
Juez Ponente: Hon. José M. Aponte Jiménez
San Juan, Puerto Rico, a 4 de octubre de 2006
CITESE 2006 JTS 158
OPINIÓN DEL TRIBUNAL EMITIDA POR LA JUEZA ASOCIADA SEÑORA FIOL MATTA
Abogados de la Parte Peticionaria: Juan E. Alvarez Cobián & Evelyn Benvenutti Toro. Abogado de la Parte Recurrida: Edwin R. Bonilla Vélez.
Daños y Perjuicios: Responsabilidad de Negocios PorVender Licor a Personas Visiblemente Intoxicadas.
Mediante Opinión emitida por la Juez Asociada señora Fiol Matta, el Tribunal Supremo resuelve que un establecimiento comercial puede ser objeto de una reclamación en daños y perjuicios bajo el Artículo 1802 del Código Civil [PAG. 257] por suministrar bebidas alcohólicas a una persona que está visiblemente intoxicada y que, posteriormente, causa dañosal conducir un automóvil bajo la influencia del alcohol. La norma tendrá efecto prospectivo. El Juez Asociado señor Rivera Pérez emitió opinión disidente. La Juez Asociada señora Rodríguez Rodríguez disiente sin opinión escrita.
RESUMEN NORMATIVO*
1. Daños y Perjuicios, Elementos de la Causa de Acción. Todo perjuicio, material o moral, da lugar a reparación si concurren tres requisitos oelementos: (1) tiene que haber un daño real; (2) debe existir nexo causal entre el daño y la acción u omisión de otra persona, y (3) el acto u omisión tiene que ser culposo o negligente.
2. Daños y Perjuicios, Concepto de Culpa. Bajo el Artículo 1802 del Código Civil, el concepto de “culpa” es tan infinitamente amplio como la conducta de los seres humanos e incluye cualquier falta de una persona queproduce un mal o daño. Es decir, incluye todo tipo de transgresión humana tanto en el orden legal como en el orden moral. Por lo tanto, el actuar que da lugar a la responsabilidad civil ha de ser ilícito, contrario a la ley, orden público o buenas costumbres.
3. Id. En el contexto del Artículo 1802 del Código Civil, se actúa de manera culposa cuando no se obra como una persona de diligencia normal uordinaria, un buen padre de familia, conforme a las circunstancias del caso. Lo determinante es cómo se hubiese desenvuelto en una situación parecida una persona de prudencia común u ordinaria. La culpa es la falta del debido cuidado, que a la vez consiste en no anticipar y prever las consecuencias racionales de un acto, o de la omisión de un acto, que una persona prudente habría de prever en lasmismas circunstancias. La culpa es también la omisión de la diligencia exigible, mediante cuyo empleo podría haberse evitado el resultado dañoso.
4. Daños y Perjuicios, Concepto de “Daño”. Uno de los requisitos esenciales de la causa de acción bajo el Artículo 1802 del Código Civil es el daño. Éste se ha definido como todo menoscabo material o moral causado contraviniendo una norma jurídica, quesufre una persona y del cual haya de responder otra. Sin daño o perjuicio no existe obligación de indemnizar. La responsabilidad civil trata de reparar un perjuicio y si éste no queda demostrado, no existirá acto ilícito civil. El actor ha de demostrar, por tanto, la realidad del daño que le ha sido inferido y su cuantía.
5. Daños y Perjuicios, Causalidad. El deber de indemnizar que surge delArtículo 1802 del Código Civil presupone nexo causal entre el daño y el hecho que lo origina, pues sólo se han de indemnizar los daños que constituyen una consecuencia del hecho que obliga a la indemnización. En Puerto Rico rige la doctrina de la causalidad adecuada, lo cual quiere decir que no es causa toda condición sin la cual no se hubiera producido el resultado, sino la que ordinariamente lo...
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